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25 NORMAS LEGALES Jueves 2 de diciembre de 2021 El Peruano / Samugari para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 01, hasta por la suma total de QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 595,133.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000212-2021-DV-OPP-UPTO, Informe Previo Favorable que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000001841 y la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad señalada en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, la Jefatura de la O fi cina Zonal de San Francisco y la Unidad de Asesoría Jurídica de la Unidad Ejecutora 006 “Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM”; y los visados de los responsables de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 595,133.00) para fi nanciar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora, que se detalla en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2021 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios” de la Unidad Ejecutora 006 – “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001- Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; así como también, a la Jefatura de la O fi cina Zonal de San Francisco, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 006 – Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM – DEVIDA, para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NºENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMUGARICAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DEL CULTIVO DE CAFÉ EN EL DISTRITO DE SAMUGARI – LA MAR – AYACUCHO.595,133.00 TOTAL 595,133.00 2017541-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban la tarifa media incremental que aplicará EMPSSAPAL S.A. en la localidad de Sicuani por la operación de la planta de tratamiento de agua residual de Sicuani RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 066-2021-SUNASS-CD EXP.: 001-2018-SUNASS-GRT-TI Lima, 29 de noviembre de 2021VISTO:El Memorándum N.° 228-2021-SUNASS-DRT emitido por la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual se eleva el Informe N.° 215-2021-SUNASS-DRT-ESP que sustenta la tarifa media incremental para cubrir los costos de operación y mantenimiento de la planta de tratamiento de aguas residuales de Sicuani (en adelante, PTAR Sicuani) aplicable a EMPSSAPAL S.A. 1 (en adelante, EMPSSAPAL). CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N.° 004-2019-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria, actualmente Dirección de Regulación Tarifaria (DRT), admitió a trámite la solicitud de EMPSSAPAL de incorporación de los costos de operación y mantenimiento de la PTAR Sicuani en el periodo regulatorio 2017-2022 mediante tarifa incremental. Que, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo N.º 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el