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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Jueves 2 de diciembre de 2021 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 0651-2021-CG/GAD recibido el 18 de noviembre 2021, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la Republica, y el Informe N° 073-2021-SINEACE/P-GG-OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Sineace, y; CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 298-2020-SINEACE/CDAH-P, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, por la suma de S/ 17 734 597,00 (DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con el O fi cio N° 0651-2021-CG/GAD, recibido el 18 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República señala que, el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, deberá cumplir con realizar la transferencia fi nanciera, por el importe de S/ 54 979,00, que corresponde al 100% de la retribución económica que incluye IGV del periodo 2021, con la fi nalidad que el Pliego 117 Sineace, sea incorporada en el proceso de convocatoria pública de méritos, a fi n de designar a las Sociedades de Auditoría (en adelante SOA) que se requieran para la realización de la auditoría fi nanciera gubernamental, y efectuar su contratación; Que, mediante Memorándum N° 393-2021-SINEACE/ P-GG-OA, del 23 de noviembre de 2021, la O fi cina de Administración solicita a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, se gestione la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para contratación de Sociedad de Auditoría, hasta por el monto de S/ 54 979,00, importe que corresponde a una transferencia fi nanciera del 100% de la retribución económica (incluyendo IGV) para el Período 2021, de acuerdo a lo requerido mediante el Ofi cio N° 0651-2021-CG/GAD; Que, a través del Informe N°000073-2021- SINEACE/P-GG-OPP, del 25 de noviembre de 2021, la Oficina de Planificación y Presupuesto señala que en el presupuesto institucional del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, Unidad Ejecutora 0001: Administración General – Sineace, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuentan con recursos disponibles para financiar la transferencia financiera, a que se refieren los considerandos precedentes; asimismo, recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma requerida; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 54 979,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de Contraloría General de República, para fi nanciar el pago del 100% de la retribución económica que incluye IGV del periodo 2021 , con la fi nalidad que el Pliego 117 Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, sea incorporada en el proceso de convocatoria pública de méritos, a fi n de designar a las Sociedades de Auditoria que se requieran para la realización de la auditoría fi nanciera gubernamental; Con el visto bueno de Gerencia General, O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Administración y Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República modificado por Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y la Directiva Nº 007-2020-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 034-2020-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 54 979,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la transferencia fi nanciera que equivale al 100% de la retribución económica, que incluye el Impuesto General a las Ventas–IGV, del periodo 2021, correspondiente a los gastos derivados para la contratación de la Sociedad de Auditoría. Artículo 2 .- La transferencia autorizada por la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace, Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, actividad 5000003 Gestión Administrativa, especí fi ca de gasto 2.4.1.3.1.1 ”Otras Unidades del Gobierno Nacional”, por la suma de S/ 54 979,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES). Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario O fi cial El Peruano, así como en Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad Hoc 2017492-1