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30 NORMAS LEGALES Jueves 9 de diciembre de 2021 El Peruano / implementación progresiva de la metodología BIM - Building Information Modeling (Modelamiento de la Información para Construcción), en los proyectos de inversión pública que desarrolle el Gobierno Regional de Tacna con la fi nalidad de mejorar la calidad, e fi ciencia y transparencia de las inversiones públicas que ejecute. Artículo Segundo: Implementación de la Metodología BIM DISPONER la implementación progresiva de la herramienta tecnológica conocida como Metodología BIM (Building Information Modeling), en los Proyectos de Inversión Pública que se encuentren en el ámbito de competencia del Gobierno Regional de Tacna para mejorar la calidad y e fi ciencia de los proyectos de inversión desde su diseño, durante su construcción, operación y hasta su mantenimiento. Artículo Tercero: Constitución de Equipo de Trabajo CONSTITUIR un Equipo de Trabajo encargado de la implementación de la Metodología BIM en los Proyectos de Inversión Pública de competencia del Gobierno Regional de Tacna, el cual estará constituido de la siguiente manera: 1. El Gerente General Regional, quien la presidirá. 2. El Gerente Regional de Infraestructura.3. El Director de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión. 4. El Director de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones. 5. El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Estudios.6. El Director de la O fi cina Ejecutiva de Formulación de Proyectos. 7. El Director de la O fi cina de Tecnología de la Información. 8. El Sub Gerente de la Sub Gerencia de Abastecimiento. El Equipo de Trabajo encargado de la implementación de la Metodología BIM se guiará por el Plan de Implementación y Hoja de Ruta aprobados por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones - DGPMI, así como por los Lineamientos para la Utilización de la Metodología BIM en las inversiones públicas. Dicho Equipo de Trabajo presentará al Consejo Regional de Tacna, en el plazo de 30 días calendarios de publicada la presente Ordenanza Regional, la Programación de Actividades de corto, mediano y largo plazo para la implementación de la Metodología BIM a fi n de que sea aprobada por Acuerdo de Consejo Regional. Este plazo podrá ser prorrogado por Acuerdo de Consejo Regional, previo informe sustentatorio del Equipo de Trabajo. Artículo Cuarto: Autorización para suscribir Convenio de Cooperación AUTORIZAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la suscripción de Convenios de Cooperación con universidades de la Región, Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Tacna y/o Colegio de Arquitectos del Perú – Sede Regional Tacna para que brinden asesoramiento técnico al Equipo de Trabajo constituido en el artículo tercero. Artículo Quinto: Vigencia de la Ordenanza Regional DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto: Dispensa de lectura y aprobación del acta DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Séptimo: Publicación PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día treinta de setiembre del año dos mil veintiuno. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 3 de noviembre de 2021. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 2019505-2 Aprueban la creación del “Registro Regional de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Tacna” ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2021-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diez de noviembre de dos mil veintiuno, en Sesión Extraordinaria, realizada en forma presencial, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 7 prescribe: “(…) La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una de fi ciencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 8 establece que: “La gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: (…) 4. Inclusión (…)”; asimismo, el artículo 15 establece: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…); además, el artículo 38 establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, en su artículo 69 sobre la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS), re fi ere que: “69.1 Los gobiernos regionales (…) contemplan en su estructura orgánica una O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) y contemplan en su presupuesto anual los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. 69.2 La O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) tiene las siguientes funciones: (…) i) Administrar el Registro Regional de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad”. Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 020-2017-CONADIS/PRE de fecha 07 de marzo de 2017, modi fi cada por Resolución de Presidencia Nº