Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2021 (05/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Martes 5 de enero de 2021 El Peruano / de Plani fi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI. Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZAJefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1917021-1 Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 004-2021-INDECI Lima, 4 de enero de 2021 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de confi anza en el INDECI, correspondiendo tal cali fi cación al cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INDECI; Que, en consecuencia, al encontrarse vacante el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y su modi fi catoria; y con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor LUIS FERNANDO MEZA FARFAN, en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI. Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1917023-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 076-2020-IPD/P Lima, 31 de diciembre de 2020VISTOS: El O fi cio Nº 000456-2020-CG/DC, emitido por la Contraloría General de la República; el Memorando Nº 003604-2020-OGA/IPD, emitido por la O fi cina General de Administración; el Informe Nº 000115-2020-UPTO/IPD, emitido por la Unidad de Presupuesto; el Memorando Nº 001133-2020-OPP/IPD, emitido por la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación; el Informe Nº 000556-2020- OAJ/IPD, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 7 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor que cuenta con autonomía técnica, funcional y administrativa, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 088-2019-IPD-P/CD, se aprobaron los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte por la suma total de S/ 182,175,560.00 (Ciento Ochenta y Dos Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y 00/100 soles); Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y su modi fi catoria, dispone que “[l]as entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego” ; Que, asimismo, el precitado artículo señala que las “[t]ransferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web” ; Que, en razón a lo dispuesto por la Ley antes citada, la Contraloría General de la República mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales