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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2021 (05/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 5 de enero de 2021 / El Peruano b) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado. c) Aprobar los expedientes de contratación para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Simpli fi cadas, Subastas Inversas Electrónicas, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Acuerdos Marco y Contratación Directa. d) Designar a los Comités de Selección encargados de la conducción de los procedimientos de selección a convocar, así como proceder a su reconformación en los supuestos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. e) Aprobar los documentos del procedimiento que corresponda para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Simpli fi cadas, Subastas Inversas Electrónicas, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas. f) Disponer la cancelación de procedimientos de selección, bajo los supuestos establecidos en la normativa de contrataciones del Estado. g) Resolver los recursos de apelación que deban ser conocidos y resueltos por la Entidad, hasta el tope de la cuantía fi jada por la normativa de contrataciones del Estado. h) Autorizar al Comité de Selección a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o referencial, siempre que se cuente con la certi fi cación de crédito presupuestario correspondiente. i) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección convocados por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud y sus respectivas adendas, con estricta observancia de lo dispuesto en el numeral 34.10 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF. j) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas. k) Autorizar y suscribir contrataciones complementarias.l) Resolver solicitudes de ampliación de plazo.m) Resolver los contratos celebrados en el marco de la normativa de contrataciones del Estado. n) Desarrollar los procedimientos respectivos para la contratación con proveedores no domiciliados en el país, así como suscribir y resolver los contratos que se deriven de ellos, en el marco de lo dispuesto por el literal f) del numeral 5.1. del artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y, excepcionalmente, de la Décima Octava Disposición Complementaria Final del citado Texto Único Ordenado; asimismo, gestionar ante las entidades fi nancieras la contratación de operaciones crediticias directas o indirectas, en monera nacional o extranjera, derivadas de estas contrataciones. o) Aprobar las contrataciones directas previstas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. p) Declarar la nulidad en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. q) Suscribir convenios para el desarrollo de compras corporativas facultativas ya sea como entidad participante o entidad encargada. r) Suscribir convenios para llevar a cabo contrataciones por encargo realizando las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección que le sean requeridos por las Entidades para la contratación de recursos estratégicos en salud. Artículo 8.- Delegación de facultades al/a la Director/a General de la Dirección General de Operaciones en Salud Delegar durante el Año Fiscal 2021, al/a la Director/a General de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud, según corresponda, previo informe favorable de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud: a) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o similares y la ejecución de inversiones declaradas viables mediante fi chas técnicas. b) Aprobar el expediente técnico o documento equivalente, previa opinión técnica favorable del área correspondiente. c) Aprobar la liquidación técnica y fi nanciera de los Contratos de Obra. d) Brindar asistencia Técnica para la Puesta en Operaciones y Mantenimiento de los Proyectos de Inversión culminados, en coordinación con las Unidades Ejecutoras de Lima Metropolitana, Gobiernos Regionales y Locales. e) Pronunciarse sobre las discrepancias entre el contratista y el comité de recepción de obra respecto a las observaciones formuladas durante la recepción de obra o su subsanación, dentro del plazo previsto y conforme a la normativa de contrataciones que resulte aplicable. Artículo 9.- Delegación de facultades al/a la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Delegar durante el Año Fiscal 2021, al/a la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, en materia de obras por impuestos, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, aprobado por el Decreto Supremo Nº 294-2018-EF, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por el Decreto Supremo Nº 295-2018-EF y demás normas conexas, las facultades siguientes: a) Monitorear las variaciones en la fase de ejecución y las modi fi caciones al monto total de inversión; así como solicitar a las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) el estado situacional de los proyectos, con la fi nalidad de realizar coordinaciones para la correcta aplicación del mecanismo de Obras por Impuestos. b) Elaborar y/o actualizar la lista priorizada de proyectos para ser ejecutados mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en coordinación con las áreas correspondientes. c) Suscribir la carta de compromiso de priorización de recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certi fi cados Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público” – CIPGN en los años fi scales inmediatos siguientes y por todo el periodo de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento de ser el caso; y remitir dicho documento a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. d) Emitir opinión, de acuerdo a sus funciones, acerca de la propuesta de elaboración o actualización de proyecto de inversión contenido en la Carta de Intención presentada por la Empresa Privada, previa opinión técnica de las áreas competentes según el objeto del proyecto de inversión. e) Proponer modi fi caciones y/o ampliaciones en el contenido y diseño de la propuesta de proyecto de inversión presentada por la Empresa Privada, previa opinión técnica de las áreas competentes según el objeto del proyecto de inversión. f) Canalizar la formulación de consultas y las solicitudes de interpretaciones de carácter general referidas al mecanismo de Obras por Impuestos hacia la DGPPIP, previos al inicio de ejecución. Artículo 10.- Delegación de facultades al/a la Directora/a General de la O fi cina General de Tecnologías de la Información – OGTI Delegar durante el Año Fiscal 2021, al/a Director/a General de la O fi cina General de la Información – OGTI del Ministerio de Salud, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 01: Ministerio de Salud: