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71 NORMAS LEGALES Martes 5 de enero de 2021 El Peruano / las palabras “o en otro lugar de la Unión Europea” se eliminan. SECCIÓN DECUADOREn la tabla, en la parte 7, Servicios Financieros, en el sexto párrafo de la segunda columna (Descripción de las Reservas), donde dice: ‘En el mercado de valores, Ecuador aceptará la califi cación de riesgo efectuada por una cali fi cadora reconocida por la European Securities and Markets Authority (ESMA) como “Nationally Recognized Statistical Rating Organizations — RSRO” (…)’ Las palabras ‘European Securities and Markets Authority (ESMA) como “Nationally Recognized Statistical Rating Organizations — RSRO”’ se reemplazan por las palabras ‘Financial Conduct Authority (FCA) as a “Credit Rating Agency — CRA”’ MODIFICACIONES AL ANEXO IX, RESERVAS SOBRE PRESENCIA TEMPORAL DE PERSONAS FÍSICAS CON FINES DE NEGOCIOS Apéndice 1 RESERVAS SOBRE PERSONAL CLAVE Y PRACTICANTES CON GRADO UNIVERSITARIO SECCIÓN BPARTE UE1. En el párrafo 1, las palabras:“Cuando la columna a que se hace referencia en el subpárrafo (b) solo incluye reservas para Estados Miembros de la Unión Europea determinados, los Estados Miembros de la Unión Europea no mencionados asumen compromisos en el sector en cuestión sin ningún tipo de reserva ( 1).”, y el pie de página (1) se eliminan, y se reemplazan por lo siguiente: “Cuando la columna a que se hace referencia en el subpárrafo (b) no incluya reservas especí fi cas para el Reino Unido en un determinado sector, sin prejuicio de las reservas horizontales que puedan aplicar, el Reino Unido asume compromisos en el sector en cuestión sin ningún tipo de reserva.” 2. En la tabla, la reserva para TODOS LOS SECTORES para Reconocimiento, y las palabras: “UE: Las Directivas de la Unión Europea sobre el reconocimiento recíproco de títulos sólo se aplican a nacionales de la Unión Europea. El derecho a ejercer actividades profesionales reguladas en un Estado Miembro de la Unión Europea no otorga el derecho a ejercerlas en otro Estado Miembro de la Unión Europea ( 1)”, y el pie de página (1) se eliminan. Apéndice 2RESERVAS SOBRE PROVEEDORES DE SERVICIOS CONTRACTUALES Y PROFESIONALES INDEPENDIENTES SECCIÓN BPARTE UE1. En la tabla, las reservas para TODOS LOS SECTORES para Reconocimiento, y las palabras: “UE: Las Directivas de la Unión Europea sobre el reconocimiento recíproco de titulaciones solo se aplican a nacionales de la Unión Europea. El derecho a ejercer actividades profesionales reguladas en un Estado Miembro de la Unión Europea no otorga el derecho a ejercerlas en otro Estado Miembro de la Unión Europea ( 2).”, y el pie de página (2) se eliminan. MODIFICACIONES AL ANEXO XII, CONTRATACIÓN PÚBLICA Apéndice 3 MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE AVISOSEl Párrafo 1 se reemplaza por lo siguiente:“1. A partir de la entrada en vigor de este Acuerdo, el Reino Unido proporcionará a las Partes los detalles sobre los medios de publicación de noti fi caciones del Reino Unido.” MODIFICACIONES AL ANEXO XIII, LISTA DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS Apéndice 1Lista de Indicaciones Geográ fi cas para Productos Agrícolas y Alimenticios, Vinos, Bebidas Espirituosas y Vinos Aromatizados 1. Las indicaciones geográ fi cas relacionadas con partes de la Unión Europea que no corresponden al Reino Unido no se incorporan en este Acuerdo. 2. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1 supra, la protección a las indicaciones geográ fi cas “Irish Whisky”, “Uisce Beatha Éireannach”, “Irish Whiskey” y “Irish Cream”, que cubren a las bebidas espirituosas producidas en Irlanda e Irlanda del Norte, continuará, a la entrada en vigencia de este Acuerdo, como en el Acuerdo Comercial entre la UE y los Países Andinos. Sin embargo, las obligaciones con respecto a estas indicaciones geográ fi cas bajo este Acuerdo entrarán en vigencia una vez que el registro de cada País Andino signatario haya sido modi fi cado, conforme a la legislación interna de cada País Andino signatario. La decisión tendrá lugar a más tardar 12 meses después de que el proceso para modi fi car el registro de cada País Andino haya sido iniciado apropiadamente conforme con su legislación interna. Si un País Andino signatario no es capaz de emitir una decisión dentro de este periodo, antes de su vencimiento noti fi cará por escrito al Reino Unido sobre las razones de la demora y el periodo adicional que requiere. Nada en este párrafo afecta el uso continuado de estas indicaciones geográ fi cas, establecidas bajo el Acuerdo Comercial entre la UE y los Países Andinos. MODIFICACIONES A LAS DECLARACIONES CONJUNTAS La Declaración Conjunta titulada “DECLARACIÓN CONJUNTA”, relativa a los Estados con los cuales la Unión Europea ha establecido una Unión Aduanera, no se incorpora. Declaración Conjunta sobre Indicaciones Geográ fi cas Reconociendo la importancia cultural y económica de las indicaciones geográ fi cas y siendo conscientes de la conexión tradicional y cultural con el lugar de producción de dichos productos, las Partes con fi rman que: a) La protección de las indicaciones geográ fi cas es una parte importante de este Acuerdo; b) Los Países Andinos signatarios han presentado las siguientes solicitudes de protección de indicaciones geográ fi cas en el marco del Subcomité de Propiedad Intelectual del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia, Ecuador y el Perú, por otra: Indicación Geográ fi ca Producto Fecha de Solicitud Colombia Café de Santander Café 8 de diciembre de 2016 Arroz de la Meseta de IbaguéArroz 8 de diciembre de 2016