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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2021 (05/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Martes 5 de enero de 2021 / El Peruano “DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE UN ENFOQUE TRILATERAL A LAS REGLAS DE ORIGEN 1. Como anticipo de las negociaciones entre la Unión Europea y el Reino Unido, las Partes reconocen que un enfoque trilateral a las Reglas de Origen, incluyendo a la Unión Europea, es el resultado deseado en las negociaciones comerciales entre las Partes y la Unión Europea. Este enfoque replicaría la cobertura de los fl ujos comerciales existentes, y permitiría un reconocimiento continuo de contenido originario de las Partes y de la Unión Europea en las exportaciones a cada uno, de conformidad con la intención del Acuerdo Comercial entre la UE y los Países Andinos. En este sentido, los Gobiernos del Reino Unido y los Países Andinos Signatarios, entienden que cualquier acuerdo bilateral entre las Partes, representa un primer paso hacia dicho objetivo. 2. En el caso de un acuerdo entre el Reino Unido y la Unión Europea, las Partes acuerdan tomar los pasos necesarios, como un asunto urgente, para actualizar el Anexo II, como ha sido incorporado dentro de este Acuerdo, para que re fl eje un enfoque trilateral a las Reglas de Origen, con la participación de la Unión Europea. Los pasos necesarios se tomarán de conformidad con los procedimientos del Comité de Comercio”. MODIFICACIONES AL ANEXO IV, MEDIDAS DE SALVAGUARDIA AGRÍCOLA SECCIÓN ACOLOMBIA1. La categoría de desgravación LP1 se reemplaza de la siguiente manera: “La categoría de desgravación LP1, como se detalla a continuación: Líneas arancelarias AñoVolumen de importación de activación (toneladas métricas) 04021010 0402109004022111040221190402219104022199 Entrada en vigor20% por encima del contingen- te prorrateado correspondiente 2019 207 2020 220 2021 233 2022 246 2023 259 2024 272 2025 285 2026 298 2027 311 2028 324 2029 337 2030 350 ”. 2. La categoría de desgravación LP2 se reemplaza como se detalla a continuación: “Categoría de desgravación LP2, como se detalla a continuación: Líneas arancelarias AñoVolumen de importación de activación(toneladas métricas) 04022911 040229190402299104022999040291100402919004029990 Entrada en vigor20% por encima del contingente prorrateado correspondiente 2019 77 2020 82 2021 87 2022 91 2023 96 2024 101 2025 106 ”. 3. La categoría de desgravación LS se reemplaza de la siguiente manera: “Categoría de desgravación LS, como se detalla a continuación: Líneas arancelarias AñoVolumen de importación de activación(toneladas métricas) 04041010 0404109004049000 Entrada en vigor20% por encima del contingen- te prorrateado correspondiente 2019 384 2020 409 2021 433 2022 457 2023 481 2024 505 2025 529 ”. 4. La categoría de desgravación Q se reemplaza de la siguiente manera: “Categoría de desgravación Q, como se detalla a continuación: Líneas arancelarias AñoVolumen de importación de activación(toneladas métricas) 04062000 040630000406400004069040040690500406906004069090 Entrada en vigor20% por encima del contingen- te prorrateado correspondiente 2019 355 2020 377 2021 400 2022 422 2023 444 2024 466 2025 488 2026 5112027 533 2028 555 2029 577 2030 599 ”. 5. La categoría de desgravación LM se reemplaza de la siguiente manera: “La categoría de desgravación LM, como se detalla a continuación: