TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Martes 5 de enero de 2021 El Peruano / pretensiones administrativas relacionadas a los procedimientos administrativos iniciados por y contra la entidad sobre en temas laborales. b) Conformar los Comités de Selección encargados de la conducción de los procesos convocados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS), así como elaborar y aprobar las bases de dicha contratación, del Régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728. c) Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. d) Tramitar, autorizar y resolver acciones personales respecto a desplazamientos, encargaturas o designaciones temporales, suscripción y/o renovación de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarios para una adecuada conducción del personal comprendido en el régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, así como el personal comprendido en el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. e) Suscribir en nombre y representación del INIA, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. f) Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado, previa conformidad del jefe inmediato. g) Comunicar al personal contratado bajo cualquier modalidad la decisión unilateral del INIA de resolver el contrato sin mediar incumplimiento, de acuerdo a la legislación que resulte aplicable. h) Participar y suscribir, en representación del INIA, en los concursos públicos y los convenios de Prácticas Pre-Profesionales y Profesionales, celebrados conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1401 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 83-2019-PCM. i) Conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo – CAFAE del INIA. Artículo 5.- DELEGAR en el (la) Director(a) General de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, las siguientes facultades: - En materia de Administración y Ejecución para el acceso a los recursos genéticos, moléculas, combinación o mezcla de moléculas naturales, incluyendo extractos crudos y demás derivados contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales: a) Celebrar Contratos de Acceso de recursos genéticos y sus respectivas adendas. b) Celebrar Acuerdos de Transferencia de Material Genético y sus respectivas adendas. c) Emisión de la Resolución que corresponda en relación a los literales precedentes. Artículo 6.- DELEGAR en los(as) Directores(as) de las Estaciones Experimentales Agrarias del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la siguiente facultad: - En materia de producción de Semillas de alto valor genético, conforme a la normatividad vigente sobre la materia: a) Celebrar Contratos para producción de semillas, y adendas. Artículo 7.- DELEGAR en el/la Director(a) de la Unidad de Trámite Documentario del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la facultad de gestionar ante la Entidad de Registro o Veri fi cación para el Estado Peruano (EREP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), la emisión y cancelación de los Certi fi cados de Suscriptores a nombre de la Entidad. Artículo 8.- Las delegaciones a que se re fi ere la presente Resolución son indelegables y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 9.- Los funcionarios(as) delegados/as de la Sede Central, deberán informar trimestralmente, respecto a los actos que emitan como producto de la presente Resolución, a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, a través de la Gerencia General. Asimismo, los(las) Directores(as) de las Unidades Ejecutoras integrantes del Pliego señaladas en los artículos 2 y 6, deberán informar en el mismo plazo a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, bajo responsabilidad. Artículo 10.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución Jefatural tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2021. Artículo 11.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Jefe 1917103-1 Designan Directora General de la Dirección de Sanidad Animal del SENASA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0002-2021-MIDAGRI-SENASA 4 de enero de 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) General de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, es necesario emitir el acto resolutivo mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Con las visaciones de los Directores Generales de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR a la señora Eva Luz Martínez Bermúdez en el cargo de Directora General de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, con reserva de su plaza de origen. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial El Peruano y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa). Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL QUEVEDO VALLE JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 1917064-1