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82 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de enero de 2021 / El Peruano desarrolla la Lotización Industrial Huachipa Este, ubicado en la jurisdicción del Centro Poblado Las Tunas, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, con Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones - Ley Nº 29090, vigente a partir del 28 de setiembre del 2007, se establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación, con la fi nalidad de facilitar y promover la inversión inmobiliaria; Que, mediante Expediente Nº 6093-2020 de fecha 18 de diciembre del 2020, BRYSON HILLS PERU S.A., representada por su apoderada Liliana Elisabet Muñiz Paris, solicita la Recepción de Obras de la Modi fi cación Habilitación Urbana Aprobada del inmueble con una extensión super fi cial acumulada de 452.8293has, constituido por la modi fi cación de área de lotes de la segunda etapa, dividido en dos sub etapas - sub etapa A (Manzanas A11, A12, A13, A14 y A15) y sub etapa B (Manzanas B9, B10, B11, B12 y B13) que abarcan una super fi cie de 1’069,091.66 m2 de área útil respectivamente y la modi fi cación de áreas de la tercera etapa, dividido en tres sub etapas – sub etapa A (Manzanas D1, D2 y D3) sub etapa B (Manzana D4 acumulación de ex manzanas D3 y D4) y la sub etapa C (Manzana E1, E2, E3, E4, F1, F2, F3, F4 y F5) que abarcan una super fi cie de 790,470.99 m2 de área útil respectivamente, ubicado en la Quebrada Huaycoloro, inscritos en las Partidas Electrónicas Nº 13052425 y 13052423 respectivamente del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Lotización Industrial Huachipa Este, ubicado en la jurisdicción del Centro Poblado Las Tunas, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí y Departamento de Lima; Que, de acuerdo al informe Nº 059-2020-SGOPHyC- GDU-MDSA de fecha 28/12/2020 informa que habiendo hecho la veri fi cación se determina la conformidad, declarándose apto para su aprobación y remite el expediente para su aprobación mediante acto resolutivo, y contando con planos y memoria descriptiva aprobados con Resolución de gerencia Nº 250-2020-GM-MDSA de fecha 18 de diciembre del 2020, y que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose la existencia de los trabajos de servicios de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado además de la pavimentación de pistas y veredas, conforme a la anterior Resolución de Gerencia Municipal Nº 088-2013-GM/MDSA del 15 de Julio del 2013. Asimismo que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, SE CONCLUYE; que procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Recepción de Obras de la Modi fi cación de Habilitación Urbana Aprobada para Uso Industrial y Comercio del inmueble sobre el área de 452.8293has, constituido por la modi fi cación de área de lotes de la segunda etapa, dividido en dos sub etapas - sub etapa A (Manzanas A11, A12, A13, A14 y A15) y sub etapa B (Manzanas B9, B10, B11, B12 y B13) que abarcan una super fi cie de 1’069,091.66 m2 de área útil respectivamente y la modi fi cación de áreas de la tercera etapa, dividido en tres sub etapas – sub etapa A (Manzanas D1, D2 y D3) sub etapa B (Manzana D4 acumulación de ex manzanas D3 y D4) y la sub etapa C (Manzana E1, E2, E3, E4, F1, F2, F3, F4 y F5) que abarcan una super fi cie de 790,470.99 m2 de área útil respectivamente, ubicado en la Quebrada Huaycoloro, inscritos en las Partidas Electrónicas Nº 13052425 y 13052423 respectivamente del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Lotización Industrial Huachipa Este, ubicado en la jurisdicción del Centro Poblado Las Tunas, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí y Departamento de Lima, AUTORIZANDO a BRYSON HILLS PERU S.A.; Que, en virtud al artículo 16.9 inciso b) del Decreto Supremo 008-2013-VIVIENDA vigente desde 04 de mayo del 2013 en que inició su publicación, se han mantenido las áreas de los aportes reglamentarios conforme a la Resolución de Gerencia Municipal Nº 088-2013-GM/MDSA del 15 de Julio del 2013 para el terreno de 452.8293has, cali fi cado con Zoni fi cación Industrial I2,I3, I4 y Comercio, correspondiendo para Parque Zonales el área de 61,056.52m2, para Otros Fines el área de 183,169.57m2., en el Lote 14 de la Partida Electrónica 13126466; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones – Ley Nº 29090 y su Reglamento, Decreto Supremo 008-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Recepción de Obras de la Modi fi cación de Habilitación Urbana Aprobada para Uso Industrial y Comercio del inmueble con un área de 452.8293 has, constituido por la modi fi cación de área de lotes de la segunda etapa, dividido en dos sub etapas - sub etapa A (Manzanas A11, A12, A13, A14 y A15) y sub etapa B (Manzanas B9, B10, B11, B12 y B13) que abarcan una super fi cie de 1’069,091.66 m2 de área útil respectivamente y la modi fi cación de áreas de la tercera etapa, dividido en tres sub etapas – sub etapa A (Manzanas D1, D2 y D3) sub etapa B (Manzana D4 acumulación de ex manzanas D3 y D4) y la sub etapa C (Manzana E1, E2, E3, E4, F1, F2, F3, F4 y F5) que abarcan una super fi cie de 790,470.99 m2 de área útil respectivamente, ubicado en la Quebrada Huaycoloro, inscritos en las Partidas Electrónicas Nº 13052425 y 13052423 respectivamente del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Lotización Industrial Huachipa Este, ubicado en la jurisdicción del Centro Poblado Las Tunas, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí y Departamento de Lima. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Habilitaciones y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de acuerdo a las especi fi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: