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6 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 / El Peruano Que, respecto a la Colección Documental Miscelánea, corresponde mencionar, además, que tal como se indica en el Informe N° 239-2020-AGN/SG-OAJ e Informe N° 131-2020-AGN/DAH-ARDPDA, la declaración de bien cultural es independiente de su condición bajo custodia o extraviado; en este último caso, constituye un reconocimiento a su valor cultural que permite o facilita la defensa y recuperación pues, su existencia e identi fi cación quedan demostradas por las respectivas fi chas catalográ fi cas; Que, estando a lo informado por el órgano técnico del Archivo General de la Nación, la Colección Documental Miscelánea, está constituida por un número de bienes que tienen la condición de faltantes, lo cual, si bien es cierto, no impide su declaración como Patrimonio Cultural de la Nación, conforme a lo que se indica en el párrafo anterior; cierto es también, que conlleva la obligación de disponer las acciones encaminadas a su recuperación; Que, en efecto, el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias, dispone que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen especí fi co regulado en dicha norma; por otro lado, el artículo VII del Título Preliminar de la norma citada, establece que la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro de los ámbitos de su competencia; Que, estando a las normas citadas en el considerando anterior, corresponde al Archivo General de la Nación, disponer las acciones de su competencia con el objeto de recuperar aquellos bienes que integran la Colección Documental Miscelánea que a la fecha se encuentran como faltantes, según lo informado por su órgano técnico; Con las visaciones del Archivo General de la Nacional y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a mil cuatrocientos sesenta y uno documentos, conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar al Archivo General de la Nación, la coordinación y gestiones que tiendan a la recuperación y puesta en valor de los bienes muebles extraviados declarados en el artículo anterior, conforme se aprecia del anexo que forma parte de la presente resolución y en estricta aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo 3.- Notifi car la presente resolución al Archivo General de la Nación, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1920121-1DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 015-2021-ANA Lima,15 de enero de 2021 VISTOS: El Informe N° 025-2021-ANA-OA-URH de fecha 11 de enero de 2021, emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal N° 021-2021-ANA-OAJ de fecha 11 de enero de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Jefatural N° 141-2020-ANA se designó al señor Luis Arturo Prado Rivera, en el cargo de Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, quien ha presentado su renuncia al cargo, la misma que resulta pertinente aceptar; Que, la Unidad de Recursos Humanos a través del Informe de Vistos comunica que, el profesional propuesto no tiene antecedentes judiciales, ni sanciones administrativas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, en ese mismo sentido, la Ofi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal de Vistos, opina que resulta legalmente viable emitir la respectiva resolución de designación del profesional que desempeñará el cargo de Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptación de renuncia Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Luis Arturo Prado Rivera, en el cargo de Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designación Designar, a partir de la fecha, al señor Marco Antonio Torres Manayay, en el cargo de Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3º.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Jefatural a los profesionales interesados, y a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y el portal web de la institución: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publiquese. ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 1920435-1