Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2021 (17/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 El Peruano / 2018-EF y su modi fi catoria, establecen las disposiciones que deben observar las entidades del Sector Público y sus titulares en los procedimientos de contratación de bienes, servicios y obras, disponiendo además en el numeral 8.1 del artículo 8 de la precitada Ley que el Titular de la Entidad ejerce las funciones previstas en la Ley y su Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; Que, adicionalmente a lo expuesto, el numeral 8.2 del artículo 8 previamente citado precisa que “[e]l Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga”; Que, mediante Memorandos N° 000008-2021-OCR/ IPD, Nº 000026-2021-OGA/IPD, Nº 000035-2021-OPP/IPD y Nº 000016-2021-OI/IPD, emitidos por la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, la O fi cina General de Administración, la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación y la O fi cina de Infraestructura, respectivamente, otorgan su conformidad al texto fi nal del proyecto de delegación de facultades para el ejercicio fi scal 2021, alcanzado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe N° 000036-2021-OAJ/IPD, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable y considera viable la emisión del presente acto resolutivo de delegación de facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Instituto Peruano del Deporte a cargo de la Presidencia, para el presente año fi scal 2021; Que, en consecuencia, considerando la actual estructura orgánica del IPD, resulta conveniente delegar algunas funciones y competencias del Titular de la Entidad a favor de la Gerencia General, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Infraestructura, de la Jefatura de la Unidad de Personal y de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte; De conformidad a las facultades previstas en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004 y sus modi fi catorias, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y su modi fi catoria; Contando con el visto de la Unidad de Logística, de la Unidad de Personal, de la Unidad de Presupuesto, de la Unidad de Organización y Métodos, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Infraestructura, de la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación, de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación a la Gerencia General Delegar en el/la Gerente General del Instituto Peruano del Deporte, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia presupuestal Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático que correspondan al Titular del Pliego, así como las que se requieran en el período de regularización. 1.2. En materia administrativa Aprobar, modi fi car, derogar directivas, manuales o cualquier otro instrumento normativo que regule los actos de administración interna, con la fi nalidad de optimizar las actividades de todas las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, salvo aquellas que por norma expresa le corresponda a alguna unidad de organización. Tratándose de materias técnico-deportivas, el instrumento que corresponda será aprobado y/o contará con la previa conformidad del Presidente del Instituto Peruano del Deporte a propuesta de los órganos de línea, en el marco de sus competencias y conforme a la normativa vigente.Artículo 2.- Delegación a la Jefatura de la O fi cina General de Administración Delegar en el/la Jefe(a) de la O fi cina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Instituto Peruano del Deporte y sus modi fi caciones. b) Aprobar las contrataciones directas establecidas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1, del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, previo informe técnico y legal que contenga la justifi cación de su necesidad y procedencia. c) Designar y/o remover a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección para el desarrollo de los procedimientos de selección, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente d) Aprobar los expedientes de contratación, las bases y/o los documentos de los procedimientos de selección. e) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, por causal debidamente motivada. f) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como sus normas modi fi catorias. g) Aprobar la validez de las ofertas económicas en el supuesto que excedan el valor estimado o valor referencial, según sea el caso, de acuerdo a las normas de contrataciones del Estado vigentes en su oportunidad. h) Suscribir los contratos con los postores ganadores del otorgamiento de la buena pro de los procedimientos de selección de bienes, servicios, ejecución de obras, consultorías y supervisión de obras, incluidos los contratos complementarios, y sus modi fi caciones posteriores (por reducciones, ampliaciones, subcontrataciones, cesión de posición contractual y otras que correspondan) y los demás documentos que deriven de la ejecución contractual; así como la resolución de los mismos por las causales reguladas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. i) Autorizar las prestaciones de adicionales y reducciones de bienes y servicios, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. j) Resolver los contratos por caso fortuito o de fuerza mayor que imposibiliten de manera de fi nitiva la continuación del contrato, por incumplimiento de sus obligaciones conforme lo establecido en el reglamento o por hecho sobreviniente al perfeccionamiento del contrato que no sea imputable a alguna de las partes. k) Resolver solicitudes de ampliación de plazo en la ejecución contractual provenientes de los procedimientos de selección de bienes y servicios, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las contrataciones directas, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. l) Aplicar las penalidades practicadas por la Unidad de Logística al contratista que incumpla las obligaciones a su cargo, deduciéndolas de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, del pago fi nal, según corresponda; o, de ser necesario, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fi el cumplimiento, en los contratos y adendas de ejecución de bienes, servicios y obras. m) Autorizar la implementación de procesos de estandarización. n) Suscribir convenios para la realización de Compras Corporativas Facultativas para la contratación de bienes y servicios en general y para encargar a otra Entidad Pública las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección de bienes, servicios en general, consultorías y obras, así como aprobar el expediente de contratación y los documentos del procedimiento de selección en calidad de entidad encargante. o) Tramitar las comunicaciones sobre la presunta comisión de infracciones, actuaciones y otros actos vinculados a los procedimientos de selección, que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y el Tribunal de