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17 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 El Peruano / 1.11 Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, conforme a lo previsto en el numeral 224.2 del artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.12 Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en arbitraje institucional como el ad hoc. 1.13 Suscribir convenios conforme a lo previsto en el numeral 109.1 del artículo 109 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, sus Disposiciones Complementarias y sus respectivas modi fi catorias 1.14 Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Ordinarios. 1.15 Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Ordinarios. En materia de Recursos Humanos 1.16 Designar en cargos de con fi anza y directivos superiores de libre designación y remoción que forman parte del entorno funcional de la Gerencia General. 1.17 Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP y sus modi fi catorias En materia de Tesorería1.18 Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del OSITRAN. 1.19 Abrir cuentas en una entidad fi nanciera distinta del Banco de la Nación. En materia de Contabilidad1.20 Suscribir la información fi nanciera y presupuestaria del Ositran, con periodicidad trimestral y semestral del ejercicio fi scal, a ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta General de la República. En materia de Presupuesto Público1.21 Aprobar la formalización de modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático en el marco de lo previsto por el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 2.- Delegar en el Gerente de Administración las siguientes atribuciones: En materia de contrataciones en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias 2.1 Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de Adjudicación Simpli fi cada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas que no correspondan a Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. Asimismo, aprobar los expedientes de contratación que son realizados a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. 2.2 Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección para la contratación de consultores individuales. En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM y sus Disposiciones Complementarias y sus respectivas modi fi catorias 2.3 Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Abreviados. 2.4 Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Abreviados. Artículo 3.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tiene vigencia para el Año Fiscal 2021.Artículo 4.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Nº 001 y 004-2020-PD-OSITRAN, así como todos los actos resolutivos que se opongan a la presente resolución, no obstante, dichas Resoluciones seguirán siendo aplicables por efecto de temporalidad según corresponda a la materia delegada. Artículo 5.- Disponer que el personal en quienes se ha delegado las diferentes facultades materia de la presente resolución, debe dar cuenta e informar a la Presidencia del Consejo Directivo, trimestralmente, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho periodo. Artículo 6.- Disponer que la presente resolución entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ositran (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1920079-1 Autorizan segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para ser destinados al pago de sociedad de auditoría externa RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0003-2021-PD-OSITRAN Lima, 14 de enero del 2021 VISTOS:El O fi cio N° 00381-2020-CG/GAD de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 00010-2021-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Informe N° 002-2021-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000013-2021-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 012-2021-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – Ositran, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera, encargado de regular, normar, supervisar y fi scalizar, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 066-2020-CD-OSITRAN se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fi scal 2021 del Pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – Ositran, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, a través del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría externa, previa solicitud de la Contraloría General de la República,