TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 El Peruano / De conformidad con lo señalado en el numeral 31.2 del Artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 055 Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), de acuerdo a lo siguiente: En Soles Gastos Corrientes : 12 514 109 Gastos de Capital : 3 379 180 Total : 15 893 289 El desagregado del gasto se detalla conforme a los Anexos 2 y 2A “Aprobación Institucional, Ley N° 31084 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Aplicativo Web de Programación Multianual, y forma parte de la presente Resolución. Artículo 2. Aprobar los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 055 Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, por Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente: En Soles Recursos Ordinarios : 8 651 084Recursos Directamente Recaudados : 593 705 Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito560 891 Donaciones y Transferencias : 500 000 Recursos Determinados : 5 587 609Total : 15 893 289 El desagregado de Ingresos se detalla conforme al Anexo 1, “Aprobación Institucional, Ley N° 31084 Ley de Presupuesto de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por partidas”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Aplicativo Web Programación Multianual, y forma parte de la presente Resolución. Artículo 3. Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional, correspondiente al Año Fiscal 2021, conforme se detalla en los Anexos 3 y 4 “Aprobación Institucional, Ley N° 31084 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Estructura Programática”, y “Estructura Funcional”, respectivamente, proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Aplicativo Web de Programación Multianual, y forma parte de la presente Resolución. Artículo 4. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 055 Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos que los fi nancian, establecidos en los Artículos 1° y 2° del presente dispositivo. Artículo 5. Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del Artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Regístrese y comuníquese.PABLO ELOY PUERTAS MELENDEZ Presidente Ejecutivo del IIAP 1920205-1INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aceptan renuncia presentada por miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi RESOLUCIÓN Nº 000003-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 14 de enero del 2021VISTOS:El documento de fecha 19 de noviembre de 2020, los Informes Nº 000256-2020-GRH/INDECOPI, Nº 008068-2020-GEL/INDECOPI, Nº 000122-2020-GEG/INDECOPI, el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 107-2020 e Informe Nº 0008156-2020-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual, así como removerlos; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 000062-2020-PRE/INDECOPI, publicada el 4 de junio de 2020 en el Diario Ofi cial El Peruano, se designó a la señora Ana María Granda Becerra como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3, con efectividad al 8 de junio de 2020; Que, la señora Ana María Granda Becerra ha presentado su renuncia a la condición de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3 del Indecopi; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 107- 2020 del 21 de diciembre de 2020, acordó aceptar la renuncia de la señora Ana María Granda Becerra como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3, encomendando a la Presidenta del Consejo Directivo del INDECOPI emitir la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; y, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Ana María Granda Becerra como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3 del Indecopi, con efectividad al 19 de noviembre de 2020,