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8 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2021 / El Peruano EP (R) Oscar de Jesús RETO OTERO, para que se desempeñe como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, conforme al nombramiento efectuado a través de la Resolución Suprema N° 181-2018-DE; autorizando su salida del país el 20 de enero de 2019 y el retorno el 22 de enero de 2021; Que, el artículo 3 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, señala que los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden, entre otras, la modalidad de Comisión Especial en el Exterior, correspondiéndole los derechos establecidos en el artículo 18 del referido cuerpo normativo, entre los cuales se encuentran los conceptos de pasajes (ida y vuelta) y gastos de traslado, equivalente a dos (2) compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, tanto para la ida como al retorno; Que, el numeral 20.2 del artículo 20 de la acotada norma establece que los gastos que demande la designación de personal nombrado en comisión especial en el exterior, respecto al personal militar en retiro, así como del funcionario civil que haya desempeñado funciones en la Alta Dirección, serán cubiertos con cargo a las partidas presupuestales del Ministerio de Defensa; Que, a través del O fi cio N° 00069-2021-MINDEF/VPD- DIGRIN y del Informe Técnico N° 018-2021-MINDEF/VPD/DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales mani fi esta que resulta necesario para los intereses institucionales del Ministerio de Defensa, que se autorice el viaje de retorno del General de División EP (R) Oscar de Jesús RETO OTERO, Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuarse el 23 de enero de 2021, desde la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a la ciudad de Lima, República del Perú; requiriendo a su vez que el Ministerio de Defensa asuma los gastos correspondientes al pasaje de retorno y al traslado por retorno del mencionado representante; Que, al respecto, se cuenta con los recursos necesarios para cubrir los conceptos de pasaje de retorno y gastos de traslado de retorno a favor del referido O fi cial General en situación de retiro, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000103 y Nº 0000000130; Que, con Informe Legal N° 00063-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable la emisión de una resolución ministerial que modi fi que el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0049-2019-DE/SG, con el objeto de autorizar al General de División EP (R) Oscar de Jesús RETO OTERO, Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a retornar al país el 23 de enero de 2021; y, a su vez, se disponga el pago de los conceptos de pasaje de retorno y gastos de traslado por retorno, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Defensa - OGA, correspondiente al Año Fiscal 2021; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0049-2019-DE/SG en el extremo que se autoriza al General de División EP (R) Oscar de Jesús RETO OTERO, identi fi cado con DNI N° 43348625, Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a retornar al país el 23 de enero de 2021. Artículo 2.- Disponer que la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Defensa – OGA, asuma los gastos del pasaje de retorno y gastos de traslado por retorno, con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2021, de acuerdo con el detalle siguiente: - Pasajes: Washington D.C. (Estados Unidos de América)- Lima (Perú) US$ 619.44 x 1 persona (incluye TUUA) US$ 619.44- Gastos de trasladoUS$ 12,695.77 x 02 x 01 persona US$ 25 391.54 -------------------- Total US$ 26 010,98 Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1921924-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Amplían plazo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la R.M. N° 118-2020-MINAGRI, que aprobó el Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0015-2021-MIDAGRI Lima, 21 de enero de 2021VISTOS: Los O fi cios N° 018 y 019-2021-ANA-J/OAJ de la Autoridad Nacional del Agua, sobre ampliación del plazo establecido por la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 118-2020-MINAGRI; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, se establece que a partir de la vigencia de dicha Ley, el Ministerio de Agricultura y Riego se denomina Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y que toda referencia normativa al Ministerio de Agricultura o al Ministerio de Agricultura y Riego debe ser entendida como efectuada al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, por Resolución Ministerial N° 118-2020-MINAGRI, se aprobó el Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios, como un instrumento que contribuya a fortalecer las capacidades técnicas, administrativas y organizacionales de las Juntas de Usuarios; estableciéndose que dicho Programa es conducido por la Autoridad Nacional del Agua - ANA y tiene una vigencia de cinco (05) años, pudiendo prorrogarse por periodos adicionales;