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15 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2021 El Peruano / INTERIOR Aprueban el Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras a cargo de la Policía Nacional del Perú, con excepción de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0045-2021-IN Lima, 20 de enero de 2021VISTOS, el O fi cio N° 3072-2020-CG-PNP/SECEJE- UTD de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el O fi cio N° 23-2021-CG PNP/SEC de la Secretaría de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, los Informes N° 000209-2020/IN/OGPP/OMD y N° 000247-2020/IN/OGPP/OMD de la Ofi cina de Modernización y Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos N° 001106-2020/IN/OGPP y N° 001247-2020/IN/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000073-2021/IN/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú señala que, la Policía Nacional tiene por fi nalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado; y, previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; Que, conforme a lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, la Policía Nacional del Perú es una institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que, el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: (i) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; (ii) La estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda; y, (iii) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda; asimismo, el numeral 55.2 del artículo 55 dispone que, el Manual de Operaciones se aprueba por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo; Que, por su parte, la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece que las Unidades Ejecutoras a cargo de los órganos de la Policía Nacional del Perú, con excepción de la Dirección de Administración, contarán con Unidades de Administración responsables de dirigir la plani fi cación, ejecución y supervisión de los procesos de los sistemas administrativos de presupuesto, abastecimiento, contabilidad y tesorería; así como, el control patrimonial e infraestructura, dentro del ámbito de su competencia, en el marco de la normativa sobre la materia, los lineamientos que establezca el Ministerio del Interior y las disposiciones del Director General de la Policía Nacional del Perú; agrega que, las Unidades de Administración de las Unidades Ejecutoras de la Policía Nacional del Perú, dependerán del titular del órgano correspondiente de la Policía Nacional del Perú o del Secretario por delegación expresa; precisa, además, que, las Unidades de Administración se regirán por lo establecido en el Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras, que apruebe el Ministerio del Interior; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que, la Unidad Ejecutora en el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el nivel descentralizado u operativo de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que administra los ingresos y gastos públicos y se vincula e interactúa con la O fi cina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces. La Unidad ejecutora puede realizar lo siguiente: (i) Determinar y recaudar ingresos; (ii) Participar de las fases de la gestión presupuestaria en el marco de la normatividad aplicable, (iii) Registrar la información generada por las acciones y operaciones realizadas, (iv) Informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas; y, (v) Organizar los centros de costos con el propósito de lograr la e fi ciencia técnica en la producción y entrega de los servicios al ciudadano; Que, con O fi cio N° 3072-2020-CG-PNP/SECEJE- UTD, la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú remite a la Secretaría General del Ministerio del Interior la propuesta de Manual de Operaciones de la Unidades Ejecutoras de la PNP, formulada por la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, sustentada en el Informe N° 178-2020- SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVMDI; contando con la opinión favorable de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, plasmada a través del Dictamen N° 868-2020- SECEJE/DIRASJUR/DIVDJPN-DEPFCJEPN; Que, la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, mediante Informe N° 000209- 2020/IN/OGPP/OMD, complementado con el Informe N° 000247-2020/IN/OGPP/OMD, en ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 48 y 49 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, reformula el proyecto de Manual de Operaciones, teniendo en cuenta que dicho documento organizacional es de las Unidades Ejecutoras de la Policía Nacional del Perú y desarrolla únicamente su estructura funcional considerando las funciones de la Unidad de Administración; opinión validada por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de los Memorandos N° 001106-2020/IN/OGPP y N° 001247- 2020/IN/OGPP; Que, con O fi cio N° 23-2021-CG PNP/SEC, la Secretaría de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, remite a la Secretaría General del Ministerio del Interior, el Informe N° 005-2021-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVMDI de la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, mediante el cual emite opinión favorable respecto de la reformulación del Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras a cargo de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante Informe N°000073-2021/IN/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras a cargo de la Policía Nacional del Perú; Que, por otro lado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 37 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-IN, la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, cuenta dentro de su estructura con la División Administrativa, la cual se encarga de plani fi car, dirigir, ejecutar y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de presupuesto, abastecimiento, contabilidad, tesorería, control patrimonial y de recursos humanos en la unidad