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14 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2021 / El Peruano de treinta (30) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un informe sobre el estado situacional y una copia del informe de entrega de cargo presentado por el miembro saliente de la Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1921596-1 Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el procedimiento del Escalafón para el personal docente de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 016-2021-MINEDU Lima, 21 de enero de 2021VISTOS, los documentos contenidos en el Expediente N° 0112828-2020; el Informe Nº 01476-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias; Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, a través de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fi scalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos; Que, de acuerdo al artículo 74 de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, el escalafón magisterial es un registro nacional y descentralizado en el que se documenta y publica la trayectoria laboral de los docentes que prestan servicios profesionales al Estado; Que, según lo dispuesto por el literal c) del artículo 109 y el numeral 140.3 del artículo 140 del Reglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, el Ministerio de Educación regula el escalafón, su estructura y el procedimiento escalafonario; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el O fi cio Nº 00952-2020-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 01212-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, complementado con el Informe Nº 01451-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00012-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el procedimiento del Escalafón para el personal docente de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos”, cuyo objetivo es establecer los lineamientos y procedimientos para la organización, implementación, actualización y ejecución del registro de la información escalafonaria y custodia del legajo personal de los docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos a nivel nacional; Que, conforme al precitado Informe Nº 01212-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, se cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección Técnico Normativa de Docentes y de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación; Que, mediante Informe Nº 01689-2020-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable al documento normativo; Que, asimismo, con Informe Nº 01476-2020-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el procedimiento del Escalafón para el personal docente de Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1921816-1