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33 NORMAS LEGALES Martes 9 de febrero de 2021 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban los “Lineamientos para la definición de las zonas a intervenir y los procedimientos para la distribución de los kits de alimentos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 011-2021” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 034-2021-INDECI Lima, 2 de febrero de 2021VISTOS: El Informe Técnico Nº 00012-2021-INDECI/11.0 de la Dirección de Respuesta, y el Informe Legal Nº 040-2021-INDECI/5.0; sus antecedentes, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, por Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres – SINAGERD y responsable técnico, coordinador, facilitador y supervisor de la implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 011-2021, Decreto de Urgencia que aprueba medidas en materia económica y fi nanciera en el marco de la Estrategia “Operación Tayta” y otras disposiciones complementarias, en atención a la Emergencia Sanitaria y al Estado de Emergencia Nacional y la nueva convivencia social, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19, se dispuso dictar medidas en materia económica y fi nanciera para la distribución de kits de alimentos a la población de mayor vulnerabilidad comprendida en el marco de la Estrategia “Operación Tayta”, aprobada por Decreto Supremo Nº 013-2020-DE, con saldos de los alimentos adquiridos en virtud del Decreto de Urgencia Nº 068-2020, que se encuentren disponibles en los almacenes nacionales del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; así como a aquellas familias de mayor vulnerabilidad económica y social que se encuentren georreferenciadas por esta entidad; Que, el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 011- 2021, señala que, el INDECI, en coordinación con el Ministerio de Defensa a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y/o la Presidencia de Consejo de Ministros, de fi ne el ámbito de intervención de sus disposiciones y que es el responsable de efectuar la distribución de los kits de alimentos para lo cual contará con la colaboración del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, así como otros sectores y gobiernos locales priorizados, de ser el caso, de conformidad a sus respectivas competencias; Que, para tal efecto la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada norma señala que el INDECI, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados a partir del inicio de su vigencia, aprueba mediante Resolución Jefatural, los lineamientos para la de fi nición de las zonas a intervenir y los procedimientos correspondientes a que se re fi ere el artículo 2 de la presente norma; Que, bajo ese contexto normativo, mediante el documento del Vistos, la Dirección de Respuesta propone los “Lineamientos para la de fi nición de las zonas a intervenir y los procedimientos para la distribución de los kits de alimentos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 011-2021”, con el objetivo de de fi nir las zonas de intervención y establecer los procedimientos para la distribución de kits de alimentos de los saldos disponibles en los almacenes del INDECI, adquiridos en virtud del Decreto de Urgencia Nº 068-2020, en el marco de la Estrategia “Operación Tayta” y a las familias de mayor vulnerabilidad económica y social georreferenciadas por el INDECI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y Resolución Suprema Nº 176-2017-DE; Con la visación del Secretario General, del Director de la Dirección de Respuesta y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Apruébese los “Lineamientos para la de fi nición de las zonas a intervenir y los procedimientos para la distribución de los kits de alimentos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 011-2021”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Intranet Institucional y el Portal Web Institucional (www.indeci.gob.pe). Artículo Tercero .- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y a las entidades mencionadas en los lineamientos, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese,ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1926151-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Disponen la publicación del proyecto de Especificaciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motriz del Bus Patrón Eléctrico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 02-2021-ATU/DIR Lima, 3 de febrero de 2021VISTOS: El Informe N° 45-2021-ATU/DIR-SRCONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), tiene por objeto garantizar el funcionamiento de un Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao que permita satisfacer las necesidades de traslado de los pobladores de las provincias de Lima y Callao de manera e fi ciente, sostenible, accesible, segura, ambientalmente limpia y de amplia cobertura, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sobre provincias conurbadas;