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37 NORMAS LEGALES Martes 9 de febrero de 2021 El Peruano / Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma Entidad; asimismo, dispone que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00052-2020-OEFA/PCD del 29 de diciembre de 2020 , la Presidencia del Consejo Directivo delega a diversas áreas del OEFA determinadas facultades para el Año Fiscal 2021; Que, en virtud del Numeral 1.1.1 del Artículo 1º de la Resolución antes citada, se delega en la Gerencia General del OEFA, durante el Año Fiscal 2021, entre otras facultades, la aprobación de la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el Numeral 47.2 del Artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público , previo informe técnico favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, el Artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 00032-2020-EF/50.01, publicada en el diario o fi cial El Peruano en edición extraordinaria del 29 de diciembre de 2020, dispone la entrada en vigencia de diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, estableciendo, entre otros, que el Artículo 47º de dicho Decreto Legislativo entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2023; Que, en virtud de lo señalado en el párrafo precedente, se mantiene la vigencia para el año 2021 del Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que establece que las modi fi caciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular de la Entidad, quien puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, con la fi nalidad de mantener la coherencia del marco normativo sobre la delegación de facultades a la Gerencia General en materia presupuestal, así como continuar optimizando la fl uidez en la marcha administrativa de la Entidad, garantizando la adecuada gestión en la administración de los recursos asignados en materia presupuestal, en materia administrativa y de Contrataciones del Estado, resulta pertinente modi fi car el Subnumeral 1.1.1 del Numeral 1.1 del Artículo 1º de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00052-2020-OEFA/PCD; Que, conforme a lo anterior, la propuesta de modi fi cación antes descrita para el Año Fiscal 2021 debe contener la facultad de delegación a la Gerencia General alineada a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 0032-2020-EF/50.01; Con el visado de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Resolución Directoral Nº 00036-2020-EF/50.01, que establece la Programación de Compromisos Anual (PCA) para el Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales e) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el Subnumeral 1.1.1 del Numeral 1.1. del Artículo 1º de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00052-2020-OEFA/PCD, que delega facultades en materia presupuestal en la Gerencia General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Delegar las siguientes facultades en la Gerencia General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, durante el Año Fiscal 2021: 1.1. Facultades en materia presupuestal1.1.1. Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. (... )”Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1926150-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 0107-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021001230 SANTA ROSA DE SACCO - YAULI - JUNÍNCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, quince de enero de dos mil veintiunoVISTA: la Carta Nº 035-2020-MDSRS/SG, a través de la cual doña Maribel Maritza Espinoza Chanca, secretaria general encargada de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli, departamento de Junín (en adelante, la secretaria general encargada), solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, debido a la declaratoria de vacancia de Walter Valentín Recuay Idone, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), por la causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Primero. ANTECEDENTES1.1 Mediante la Carta Nº 035-2020-MDSRS/SG, la secretaria general encargada elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor regidor, por la causa prevista en el numeral 1 del artículo 22, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), a fi n de que se convoque al candidato respectivo, tal como lo establece el artículo 24 de la LOM.