TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Martes 9 de febrero de 2021 / El Peruano 1.2. La referida solicitud de acreditación para convocar a la nueva autoridad se sustenta en la declaratoria de vacancia, aprobada por el Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2020-MDSRS/CM-SE, del 16 de diciembre de 2020. Asimismo, al citado pedido, se acompañó copia certi fi cada del Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, sin el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva. CONSIDERANDOSPrimero. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. De conformidad con lo establecido en el numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.2. El artículo 24 de la LOM establece que, en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: “i) Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. ii) A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.” En Jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones 1.3. En razón del plazo establecido, este órgano electoral consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio contra la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causa de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién, en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos 1. 1.4. Respecto al pago de la tasa correspondiente, este Supremo Tribunal Electoral consideró en sendas resoluciones 2 que, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades de la comuna edil y tomando en cuenta las circunstancias particulares del caso concreto, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna, se debe proceder con la emisión de la credencial correspondiente, aunque quede pendiente la presentación de dicho requisito, el cual deberá ser subsanado. 1.5. Ante la consunción de suplentes de la lista de la autoridad vacada, se instauró que, en el supuesto de que no haya su fi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de la otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio 3. En la Resolución Nº 0412-2020-JNE1.6. Con relación al pago de la tasa electoral por convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la vacancia de los cargos de alcalde o regidor, se aprobó la tabla de tasas en materia electoral, en la cual se estableció el valor del 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT) 4. En el Acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco 1.7. En el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2020-MDSRS/CM-SE, del 16 de diciembre de 2020, el concejo distrital de la citada comuna declaró la vacancia del cargo del señor regidor, por causa de muerte, encargando a la secretaría general informar de dicho acuerdo al presente órgano electoral.Segundo. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. Estando acreditada la causa de vacancia contemplada en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM, mediante la copia certi fi cada del Acta de Defunción, y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el Acuerdo de Concejo (ver SN 1.7.), corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al señor regidor y convocar al regidor que corresponda, de conformidad con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.). 2.2. Por consiguiente, para completar el número de regidores corresponde convocar a doña María Isabel Vílchez Astete de Suárez, identi fi cada con DNI Nº 21288809, candidata no proclamada de la organización política Caminemos Juntos por Junín, por ser la suplente de la lista que sigue en el orden del cómputo de sufragio (ver SN 1.5.), para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli, departamento de Junín, a fi n de completar el número de integrantes por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.3. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 22 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tarma, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.4. Por otro lado, se precisa que, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución Nº 0412-2020-JNE (ver SN 1.5.), uno de los requisitos exigidos para la procedencia de la convocatoria de candidato no proclamado es el pago de la tasa por dicho concepto. No obstante, en el caso de autos, la entidad edil no ha remitido el original del comprobante de pago de dicha tasa, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria - UIT. 2.5. Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades del concejo edil, y considerando las circunstancias particulares del caso concreto, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de dicha comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en las Resoluciones Nº 0056-2016-JNE y Nº 0150-2017-JNE (ver SN 1.4.), debe disponer la emisión de la credencial correspondiente, quedando pendiente la presentación de dicho requisito, lo cual deberá ser subsanado, bajo apercibimiento de ley. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Walter Valentín Recuay Idone como regidor del Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli, departamento de Junín, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de muerte, establecida en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña María Isabel Vílchez Astete de Suárez, identi fi cada con DNI Nº 21288809, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculta como tal. 3. REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli, departamento de Junín, el pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria - UIT, bajo apercibimiento de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZAR