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16 NORMAS LEGALES Domingo 21 de febrero de 2021 / El Peruano Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2022 - 2024; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; la Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y la Directiva Nº 0001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 0001-2019-EF/63.01 y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2022 - 2024, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2022 – 2024 a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1929414-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico que define el contenido y pautas de implementación de información en el vínculo “Información a Abonados y Usuarios” RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00047-2021-GG/OSIPTEL Lima, 17 de febrero de 2021 MATERIA PROYECTO DE INSTRUCTIVO TÉCNICO SOBRE EL VÍNCULO DENOMINADO “INFORMACIÓN A ABONADOS Y USUARIOS” DE LA PÁGINA WEB DE LA EMPRESA OPERADORA. VISTOS: i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Atención y Protección del Usuario, que tiene por objeto disponer la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico que de fi ne el contenido y pautas de implementación de información del vínculo denominado “Información a Abonados y Usuarios” de la página web de la empresa operadora; ii) El Informe Nº 020-DAPU/2021, que sustenta el proyecto al que se re fi ere el numeral precedente y recomienda su publicación para comentarios; con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-CD/OSIPTEL, este Organismo dispuso la aprobación del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Condiciones de Uso), las cuales establecen los derechos y obligaciones que corresponden a las empresas operadoras, abonados y usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, tanto al momento de la contratación del servicio, durante la provisión del mismo, así como al término de la relación contractual; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2021-CD/OSIPTEL, publicada el 11 de febrero de 2021 en el diario o fi cial El Peruano, se modi fi có, entre otros, el artículo 8 de dicha norma, referida a la información en la página web de la empresa operadora a través de un vínculo visiblemente notorio y de fácil acceso, bajo la denominación “Información a Abonados y Usuarios”; Que, a través de dicha modi fi cación, se establece que el contenido y pautas para el cabal cumplimiento de la obligación contenida en el referido artículo se comunicarán a las empresas operadoras por la Gerencia General del OSIPTEL; Que, el artículo 7 del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, resulta oportuno que, previamente a su aprobación, el contenido y pautas de implementación de información del vínculo “Información a Abonados y Usuarios”, sean publicados para recabar los comentarios respectivos de las empresas operadoras y los demás interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la aprobación de la publicación del Proyecto de Instructivo Técnico que de fi ne el contenido y pautas de implementación de información del vínculo denominado “Información a Abonados y Usuarios” de la página web de la empresa operadora, otorgándose el plazo respectivo para la remisión de los comentarios correspondientes; Que, conforme a lo dispuesto por el literal m) del artículo 89 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico que de fi ne el contenido y pautas de implementación de información en el vínculo “Información a Abonados y Usuarios”. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el Proyecto de Instructivo Técnico a que se re fi ere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Tercero.- Defi nir un plazo de quince (15) días calendario, a ser contado a partir del día siguiente de la fecha en que la presente Resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios al correo electrónico sid@osiptel.gob.pe, mediante un archivo adjunto en formato Word. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Atención y Protección del Usuario del OSIPTEL, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Gerencia General de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese.SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General 1929384-1