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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2021 (07/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de julio de 2021 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Modifican el Artículo Primero de la Resolución de Presidencia N° D000 055-2021-IPEN-PRES, que aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 00093-2021-IPEN-PRES San Borja, 2 de julio de 2021VISTOS: El Memorando N° D000058-2021-IPEN- SRAD de la Sub Dirección de Seguridad Radiológica de la Dirección de Servicios, el Informe N° D000021-2021-IPEN-COMR-JBD del Equipo de Comercialización de la Ofi cina de Administración, el Informe N° D000038-2021- IPEN-RACI de la Unidad de Racionalización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° D000079-2021-IPEN-ASJU de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia N° D000055- 2021-IPEN-PRES de fecha 15 de abril de 2021, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del IPEN, compuesto por cuarenta y dos (42) servicios de capacitación en tecnología nuclear, treinta y seis (36) servicios tecnológicos, y once (11) productos de radioisótopos y radiofármacos; Que, mediante Resolución de Presidencia N° D000072-2021-IPEN-PRES del 21 de mayo de 2021, se modi fi có el Artículo Primero de la Resolución de Presidencia N° 055-2021-IPEN-PRES a fi n de incluir seis (06) servicios en el TUSNE y recti fi cación de cinco (05) servicios del mismo, por lo que el TUSNE del IPEN está compuesto por cuarenta y dos (42) servicios de capacitación en Tecnología Nuclear, cuarenta y dos (42) servicios tecnológicos, y once (11) productos de radioisótopos y radiofármacos; Que, con Memorando N° D000058-2021-IPEN-SERV, la Dirección de Servicios solicita la inclusión de siete (07) servicios en el TUSNE, los cuales son sustentados técnicamente por el área usuaria; Que, con la Información alcanzada por el área usuaria y de acuerdo a la competencia funcional delegada en el Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, el Equipo de Comercialización de la O fi cina de Administración mediante Informe N° D000021-2021-IPEN-COMR-JBD determina los costos de siete (07) servicios en el TUSNE; Que, en el Informe N° D000038-2021-IPEN-RACI se indica que los servicios a ser incluidos en el TUSNE del IPEN muestran una descripción clara y taxativa de los requisitos, y los costos están expresados en moneda de curso legal; por tanto, desde el ámbito de competencia de la Unidad de Racionalización, propone su aprobación, dado que se encuentra conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, Decreto Legislativo que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; advirtiendo que la validación de los aspectos técnicos es competencia de la Dirección de Servicios; y la determinación de los costos de la O fi cina de Administracion; Que, con Informe N° D000079-2021-IPEN-ASJU, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que, en virtud de las propuestas y revisiones técnicas realizadas, así como del marco legal aplicable, resulta viable proceder a la modi fi cación del TUSNE aprobado con Resolución de Presidencia N° D000055-2021-IPEN-PRES; De conformidad con lo dispuesto en el T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; y en uso de las atribuciones conferidas mediante Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con los vistos del Gerente General; de la Directora de la O fi cina de Asesoría Jurídica; de la Directora de la O fi cina de Administración; y, de la Directora (e) de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero. – Modi fi car el Artículo Primero de la Resolución de Presidencia N° D000 055-2021-IPEN-PRES, modi fi cado por la Resolución de Presidencia N° D000072-2021-IPEN-PRES, que aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del IPEN, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolución, a fi n de incluir siente (07) servicios en el TUSNE, según el Anexo adjunto que forma parte del presente acto resolutivo, por lo que el TUSNE del IPEN está compuesto por cuarenta y dos (42) servicios de capacitación en Tecnología Nuclear, cuarenta y nueve (49) servicios tecnológicos, y once (11) productos de radioisótopos y radiofármacos. Artículo Segundo. - Publíquese la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web institucional, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles. Registrese, comuniquese y publiquese.SUSANA PETRICK CASAGRANDE PresidentaInstituto Peruano de Energía Nuclear 1969966-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Disponen inicio de un procedimiento de examen por expiración de medidas (“sunset review”) a los derechos antidumping definitivos impuestos por Resolución N° 001-2000/CDS-INDECOPI y prorrogados por Resoluciones N° 161-2011/CFD-INDECOPI y 209-2017/CDB-INDECOPI, sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originario de la República Popular China COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS RESOLUCIÓN Nº 200-2021/CDB-INDECOPI Lima, 25 de junio de 2021LA COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS DEL INDECOPI