TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Viernes 16 de julio de 2021 El Peruano / Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; además de todos los documentos que sean necesarios para estos fi nes. g) Solicitar ante SUNARP la transferencia de dominio de los predios considerados como polígonos necesarios del PIRCC, a favor del beneficiario o del Sujeto Activo. h) Emitir informe respecto a la procedencia del pago de mejoras encontradas en el inmueble y/o gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 del T.U.O. del Decreto Legislativo Nº 1192, siguiendo el procedimiento de trato directo en lo que resulte aplicable, previa disponibilidad presupuestal respectiva. Para el procedimiento de expropiacióni) Emitir comunicaciones simples y notariales, en general, hacia los Sujetos Pasivos involucrados en el PIRCC, incluyendo la noti fi cación de Resoluciones. j) O fi ciar a las entidades involucradas en el procedimiento expropiatorio, ya sea Ministerios, Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales, Banco de la Nación, SUNAT, PNP, entre otros. k) Disponer y gestionar la publicación de avisos y edictos en el Diario O fi cial El Peruano y en diarios de circulación nacional y todos los documentos que sean necesarios para estos fi nes. l) Solicitar ante SUNARP la transferencia de dominio de los predios considerados como polígonos necesarios del PIRCC, a favor del bene fi ciario o del Sujeto Activo. Artículo 2.- De la obligación del funcionario delegado El funcionario en el cual se ha delegado las facultades a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución tiene la obligación de informar trimestralmente al/a la Director/a Ejecutivo/a de la ARCC, las actuaciones realizadas en virtud de la delegación. Artículo 3.- De la vigencia y publicación La delegación autorizada mediante la presente resolución tiene vigencia durante el año fi scal 2021 y rige a partir de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. La presente resolución se publica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el mencionado diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. AMALIA MORENO VIZCARDO Directora EjecutivaAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 1973246-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican la R.M. N° 046-2017-MINCETUR, en lo referente a la representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Red de Protección al Turista RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2021-MINCETUR Lima, 13 de julio de 2021 Visto, el Informe N° 0019-2021-MINCETUR/VMT/ DGPDT/DFCT-PRN de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico y el Memorándum N° 673-2021-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo;CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, tiene como objeto promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turística, siendo de aplicación obligatoria a los tres (3) niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local, en coordinación y articulación con los actores vinculados al sector; Que, el artículo 35 de la citada Ley N° 29408, dispone la creación de la Red de Protección al Turista, encargada de proponer y coordinar medidas para la protección y defensa de los turistas y de sus bienes; está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, quien lo preside; Que, el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, dispone que la designación, así como las elecciones de representantes ante la Red de Protección al Turista, se formalizan mediante resolución ministerial del MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial N° 046-2017-MINCETUR se designó a los representantes del sector público y privado ante la Red de Protección al Turista; la cual se modi fi có mediante Resolución Ministerial N° 317-2018-MINCETUR, en el extremo referido a la representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, designando al señor Juan Carlos Rodríguez Monterroso, quien lo presidirá; Que, a través de los documentos del Visto, el Viceministerio de Turismo, propone actualizar la designación del representante del MINCETUR ante la Red de Protección al Turista; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de la Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 046-2017-MINCETUR, en la parte referida a la representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Red de Protección al Turista, de acuerdo al siguiente detalle: Por el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Director (a) de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, quien lo presidirá. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 317-2018-MINCETUR. Artículo 3.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Ministerial N° 046-2017-MINCETUR. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Red de Protección al Turista, para los fi nes correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1972866-1