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68 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 307-2021-MIDAGRI-INIA-DGIA/ SDPIA y sus antecedentes de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria y el Informe N° 0212- 2021-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, establece el marco jurídico aplicable mediante el cual el Estado, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, promueve el desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia tecnológica en materia agraria con la fi nalidad de impulsar la modernización y la competitividad del sector agrario; Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, establece en sus literales e) y h) las siguientes funciones especí fi cas de la Jefatura: “e) Conducir la estructuración del Sistema Nacional de Innovación Agraria, así como promover, supervisar y evaluar su consolidación, actividades e impacto del cumplimiento de sus objetivos; y, h) “(…) evaluar las solicitudes relacionadas a los recursos genéticos de las especies silvestres parientes de las especies cultivadas; así como en la seguridad de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia y, respecto de lineamientos, estrategias y procedimientos para promover la investigación, el desarrollo de la innovación, la transferencia tecnológica agraria y asistencia técnica (…)”; Que, mediante Oficio N° 0022-2020-INIA- PNENFRUTALES/JCRLL de fecha 16 de setiembre de 2020, el Investigador del Programa Nacional de Frutales en la EEA El Chira presenta ante la Coordinación de dicho Programa, el expediente técnico de la nueva tecnología titulada: “Técnica de propagación de plantines de banano en cámara térmica”, en adelante nueva tecnología; Que, por Informe Técnico N° 10-2021-MIDAGRI- INIA-DGIA-SDPIA/AESPA-DFAM de fecha 12 de abril de 2021, la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (SDPIA-DGIA), a través del Área de Estudios Socioeconómicos y Prospectiva Agraria (AESPA), otorga su conformidad al análisis económico (indicadores de rentabilidad y rendimiento, análisis de riesgo de rendimiento, de riesgo de costos y de sensibilidad) y los respectivos resultados de la nueva tecnología, señalando que la rentabilidad de la nueva tecnología, es superior (29%) a la rentabilidad promedio que tiene la tecnología convencional (61%); Que, a su vez, mediante Informe Nº 0016-2021-MIDAGRI-INIA-DGIA- SDPIA/AESPA de fecha 14 de abril de 2021, la SDPIA-DGIA, a través del AESPA, considera la viabilidad del componente estadístico del expediente técnico de la nueva tecnología, dando conformidad y validación a los resultados a nivel estadístico; Que, por Memorando N° 1726-2021-MIDAGRI- INIA-SDPA-DDTA/DG de fecha 24 de junio de 2021, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) remite a la DGIA el expediente Técnico que sustenta la nueva tecnología, solicitando que se continúen con los trámites para la aprobación de su liberación mediante Resolución Jefatural; Que, mediante Informe N° 006-2021-MIDAGRI-INIA/ DGIA- SDPIA/APIA/ADPGG de fecha 05 de julio de 2021, la SDPIA-DGIA, a través del Área de Promoción de la Innovación Agraria y la Propiedad Intelectual (APIA), informa lo siguiente: (i) el INIA ha considerado la validación de la nueva tecnología, como una tecnología fi tosanitaria prioritaria dentro de la producción sostenible a fi n de mejorar la rentabilidad y sostenibilidad del cultivo de banano orgánico en el ámbito de la región Piura; y, ii) dado que la nueva tecnología ha sido desarrollada por el Programa Nacional de Frutales de la EEA El Chira, sustentada en la presentación óptima del Expediente Técnico, recomienda continuar con el procedimiento hasta su liberación a través de la aprobación de la Resolución Jefatural; Que, con O fi cio N° 0307-2021-MIDAGRI-INIA-DGIA/ SDPIA de fecha 20 de julio de 2021, la DGIA remite a la Jefatura el expediente que sustenta la liberación de la nueva tecnología para su aprobación, señalando lo siguiente: “(…) es una alternativa de fácil adopción para mejorar la productividad y rentabilidad del pequeño y mediano productor de banano en la región Piura, siendo factible su uso en el ámbito nacional, para solucionar el problema de la falta de semilla de calidad de Musa ssp. Por cuanto permite multiplicar semilla vegetativa a bajo costo y de calidad proveniente de plantas madres seleccionadas. Asimismo, el índice de 90 % de rentabilidad de la tecnología: “Técnica de propagación de plantines de banano en cámara térmica” es superior en 29 puntos porcentuales, frente a la tecnología testigo (61 %), comparando la utilidad bruta (ingreso promedio -costo), los resultados (S/ 12,608.29) son superiores a los resultados de la variedad testigo (S/ 8,196.38) que le otorga menor riesgo de rentabilidad ante variaciones de costo. (…)”; Que, mediante Informe N° 0212-2021-MIDAGRI- INIA-GG/OAJ de fecha 21 de julio de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, al haberse emitido opinión favorable por parte de la DGIA, respecto de la liberación de la nueva tecnología desarrollada por el Programa Nacional de Frutales de la EEA El Chira, corresponde emitir la Resolución Jefatural aprobando su liberación, en virtud a lo dispuesto en los literales e) y h) del artículo 8 del ROF del INIA; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014- MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la liberación de la nueva tecnología “Técnica de propagación de plantines de banano en cámara térmica”, sustentada en el Expediente Técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER la difusión de la nueva tecnología “Técnica de propagación de plantines de banano en cámara térmica”, a través de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria El Chira. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia), en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.Jorge Luis Maicelo Quintana Jefe 1975729-1 Prorrogan a favor del Gobierno Regional de Tacna, la reserva de agua superficial y subterránea, proveniente de las cuencas de los ríos Locumba, Sama y Maure, para los usos poblacional y agrícola, del Proyecto Especial “ Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 155-2021-ANA 22 de julio de 2021