TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 El Peruano / EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO VISTO y CONSIDERANDO:El Acuerdo de Concejo Nº 025-2021/MDSB, y demás documentos que sustentan el presente. Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Constitución Política del Perú. Que, la constancia de posesión y visación de planos, exclusivos para dotación de servicios básicos, son actos administrativos contenidos en un documento público, otorgado por una entidad facultada por Ley, previa constatación física mediante una inspección ocular conforme lo dispone el numeral 5 del artículo 177º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, acorde a la realidad local, y producto de un procedimiento administrativo sujeto a evaluación previa, es decir al cumplimiento todos los requisitos de validez, conforme al artículo 3º de la citada Ley. Que, mediante Informe Nº 078-2021-GDT/MDSB de la Gerencia de Desarrollo Territorial, e Informe Nº 116-2021-SOPC-GDT/MDSB de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, remiten proyecto de Ordenanza que regula la expedición de constancia de posesión y visación de planos, exclusivos para dotación de servicios básicos para las organizaciones sociales dentro de la jurisdicción de San Bartolo. Y, mediante Informe Nº 158-2021-GAJ/MDSB, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente su aprobación, por encontrarse dentro del marco jurídico. Que, en uso de las facultades conferidas la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal, aprobó: ORDENANZA QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN Y VISACIÓN DE PLANOS, EXCLUSIVOS PARA DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE SAN BARTOLO Artículo Primero: APRUÉBESE LA ORDENANZA QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN Y VISACIÓN DE PLANOS, EXCLUSIVOS PARA DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE SAN BARTOLO, conforme al anexo 1 de la presente, que consta de 17 artículos y 2 disposiciones fi nales. DISPOSICIONES FINALES Primera: FACÚLTESE al señor Alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte las medidas complementarias a lo dispuesto en la presente Ordenanza Segunda: ENCARGAR a las Unidades Orgánicas respectivas, el cumplimiento de la presente Ordenan-za. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 1961474-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza que modifica el Reglamento para la aplicación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular aprobado por Ordenanza Nº 013-2007-MDLP-ALC ORDENANZA Nº 004-2021-MDLP/AL La Punta, 25 de mayo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 25 de mayo de 2021 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO:El Informe Nº 037-2021-MDLP-GR de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 116-2021-MDLP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 240-2021-MDLP/GM, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 74 de la Carta Magna, modi fi cado por la Ley Nº 28390, con el que concuerda el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales, los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car y suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, o exonerar de estas, conforme a Ley. Asimismo, los numerales 8 y 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establecen que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas, así como crear, modi fi car, suprimir o exonerar entre otros, las tasas, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2009-MDLP- ALC, publicada el 23 de abril de 2009 y rati fi cada por la Municipalidad Provincial del Callao a través del Acuerdo de Concejo Nº 000078-09-MPC, se estableció la tasa por estacionamiento vehicular en el Distrito de La Punta; Que, con Ordenanza Nº 013-2007-MDLP-ALC, modi fi cada por las Ordenanzas Nº 006-2009-MDLP-ALC y Nº 005-2018-MDLP/AL, se aprobó el Reglamento para la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular; Que, a través del Informe Nº 037-2021-MDLP-GR, la Gerencia de Rentas propone modi fi car el artículo 9º (Zonas de Estacionamiento Vehicular) del Reglamento para la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, habilitando la Calle Agustín Tovar (todas sus cuadras) como zona de cobranza, toda vez que en dicha calle se estaciona gran cantidad de gente. Asimismo, la pandemia del COVID19 ha mermado los ingresos provenientes de esta tasa, por lo que ayudaría contar esta nueva zona de cobro en la recaudación; Que, con Informe Nº 116-2021-MDLP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta