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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (11/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 / El Peruano representación legal de la institución y es titular del pliego presupuestal; asimismo, puede delegar las facultades o atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, acota, que el numeral 78.1 del artículo 78 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; señala que “las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras actividades cuando existan circunstancias de índole, técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente: Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad”; Que, en ese marco, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe de Vistos, emite opinión legal favorable para la delegación de la representación legal del Programa PROCIENCIA del Presidente del CONCYTEC en su Director/a Ejecutivo/a; Con la visación de la Secretaria General (e), del Director Ejecutivo del FONDECYT, del Jefe (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modi fi catorias, en el Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, que crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, que consta de tres (03) títulos, treinta y nueve (39) artículos y un (01) Organigrama; el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General remita el expediente del Manual de Operaciones y copia de la presente resolución y su anexo a la Secretaría de Gestión Pública, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su aprobación, al correo electrónico organizaciondelestado@pcm.gob.pe. Artículo 3.- Delegar en el (la) Director (a) Ejecutivo (a) del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, la representación legal del citado Programa ante cualquier tipo de autoridad administrativa, así como suscribir convenios, contratos, y sus adendas, y cualquier otro acto que se encuentre dentro del ámbito de su competencia. Artículo 4.- Dejar sin efecto, una vez concluido el proceso de fusión a que se re fi ere el artículo 5 y la Cuarta Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 051-2021-PCM del Programa PROCIENCIA, el Manual Operativo del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, aprobado por Resolución de Presidencia N° 010-2015-CONCYTEC-P, y la modi fi catoria efectuada mediante Resolución de Presidencia N° 033-2016-CONCYTEC-P. Artículo 5.- Encargar a la Responsable del Portal de Transparencia del CONCYTEC, la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.gob.pe/concyte) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano en el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 1962208-1ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Formalizan acuerdo del Consejo Directivo que aprueba la reconformación de la Primera Sala y conformación de la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado RESOLUCIÓN Nº 091-2021-OSCE/PRE Jesús María, 10 de junio de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 54 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF , establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular; Que, mediante Resolución N° 056-2021-OSCE/PRE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de abril de 2021, se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo que aprobó la conformación de las Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, mediante Memorando N° D000301-2021- OSCE-TCE, la Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado propone la reconformación de la Primera Sala y conformación de la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, de conformidad con lo establecido en la Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi cado por los Decretos Supremos N° 377-2019-EF y N° 168-2020-EF; en mérito a la designación de vocales efectuada mediante Resolución Suprema N° 011-2021-EF publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 27 de mayo de 2021; Que, mediante Memorando N° D000052-2021-OSCE- UOYM, la Unidad de Organización y Modernización, con la conformidad de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, a través del Memorando N° D000282-2021-OSCE-OPM, considera necesaria la propuesta señalada en el considerando precedente; y mediante Informe N° D000200-2021-OSCE-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta antes citada cumple las condiciones establecidas en el marco normativo vigente; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo N° 001-007-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 007-2021/OSCE-CD, el Consejo Directivo acordó aprobar la reconformación de la Primera Sala y conformación de la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, disponiendo que será efectiva a partir del 14 de junio de 2021; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi cado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y el Reglamento