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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (11/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 / El Peruano las coordinaciones interinstitucionales; y, está integrado por el Jefe Máximo y/o Mas Alta Autoridad Ejecutiva de las Instituciones participantes del Programa: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Tribunal Constitucional, Junta Nacional de Justicia, Academia de la Magistratura y Poder Judicial. Cuarto. Que, el Comité Directivo del Programa, en su primera sesión de fecha 13 de abril de 2021, acordó, por unanimidad, modi fi car el Manual de Operaciones del Programa Eje No Penal a fi n de que el/la Presidente/a del Poder Judicial presida el Comité durante los años 2021 y 2023; y, que el/la Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos lo presida los años 2022 y 2024. Quinto. Que, si bien el Manual de Operaciones del Programa Eje No Penal en su numeral 3.2.3 Organización de las Unidades Ejecutoras del Programa, señala que la aprobación y/o modi fi cación del Manual de Operaciones para el caso del Poder Judicial, se realiza a través del Consejo Ejecutivo; conforme a lo antes indicado, dicha facultad ha sido delegada en su presidencia con cargo a dar cuenta luego al Consejo Ejecutivo. Por estos fundamentos, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades delegadas por el Pleno de este Órgano de Gobierno. RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Operaciones del Programa “Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)”; en el extremo del numeral 3.2.1 Comité Directivo del Programa: Dice: “La Presidencia del CDP será alternada entre el MINJUSDH y el PJ. Le corresponde ejercer la Presidencia del CDP al PJ durante todo el periodo 2020, 2022 y 2024; y le corresponde ejercer la Presidencia del CDP al MINJUSDH durante todo el período 2021 y 2023”. Debe decir:“La Presidencia del CDP será alternada entre el MINJUSDH y el PJ. Le corresponde ejercer la Presidencia del CDP al PJ durante el periodo 2021 y 2023; y le corresponde ejercer la Presidencia del CDP al MINJUSDH durante el periodo 2022 y 2024”. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Junta Nacional de Justicia, Academia de la Magistratura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1962036-2 Aprueban la implantación del Expediente Judicial Electrónico - Oralidad Civil, primera fase, en las Cortes Superiores de Justicia de Ica, Puente Piedra - Ventanilla y Sullana CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000164-2021-CE-PJ Lima, 9 de junio del 2021VISTO: El O fi cio N° 000016-2021-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, el señor Consejero Héctor Enrique Lama More mediante O fi cio N° 000016-2021-P-CT-EJE- PJ solicita a este Órgano de Gobierno que se apruebe la propuesta de implementación del Expediente Judicial Electrónico EJE - Oralidad Civil en su primera fase. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2021-2023, de conformidad a lo sustentado en el Informe N° 001-2021-ST-CT-EJE-PJ elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); que viene siendo potenciado en el actual periodo 2021 para enfrentar la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19 en el país, permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Tercero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000149-2021-CE-PJ, aprobó el “Plan de Actividades 2021 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico - EJE”, las cuales comprenden acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de TIC en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de mayo de 2021, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en 18 Cortes Superiores de Justicia, concretado en 193 órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil. De igual forma, a este número de órganos jurisdiccionales se añaden los correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ. Quinto. Que, la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000626-2021-GI-GG-PJ informa el ranking de las Cortes Superiores de Justicia para la implantación del Expediente Judicial Electrónico - Oralidad Civil, basado en el análisis de la información de las sedes judiciales de acuerdo a la metodología aplicada para la implementación del Expediente Judicial Electrónico en ejercicios anteriores, y en reuniones de trabajo con la Presidencia de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencia del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Gerencia de Informática, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil; y la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, de fi niendo para la primera fase de implantación del EJE - Oralidad Civil a las Cortes Superiores de Justicia de Ica, Puente Piedra - Ventanilla y Sullana.