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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (11/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 El Peruano / Municipalidades (LOM), la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la acotada LOM, señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, el artículo 36 de la LOM señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local con criterio de justicia social; Que, el acápite 4.3 del numeral 4 del artículo 73 de la LOM señala que es función de las municipalidades locales y provinciales de manera compartida promover la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural; Que, el acápite 2.2. del numeral 1 del artículo 83 de la misma ley, señala que es competencia compartida de las municipalidades provinciales la realización de programas de apoyo a los productores y pequeños empresarios a nivel de la provincia, en coordinación con las municipalidades distritales y las entidades públicas y privadas de nivel regional y nacional; Que, la capital de la República, acorde a lo establecido en el artículo 198 de la Constitución Política del Perú, no integra ninguna región. Tiene régimen especial en las leyes de descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades. La Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima; Que, la Gerencia Regional del Programa Regional de Lima Metropolitana, a través de los O fi cios N° 0275-2021/ PGRLM-GR de fecha 21 de abril de 2021 y N° 354-2021/PGRLM-GR de fecha 7 de mayo de 2021, propone se instaure la Semana de la Micro y Pequeña Empresa en la provincia de Lima con el objetivo de generar encuentros para lograr compromisos en torno al desarrollo de las Mypes en la promoción de políticas, programas y estrategias de desarrollo sostenible a favor de este sector en Lima Metropolitana que comprende el fortalecimiento de capacidades y el reconocimiento de las MYPES más destacadas e inclusivas, proponiendo los días 12, 13, 14 y 15, siendo esta última fecha el día principal, toda vez que en esta misma fecha se celebra en el país el día Nacional de la Micro y Pequeña Empresa en reconocimiento a su contribución con la economía del país y la generación de empleo; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, a través del O fi cio N° D000096-2021-MML-GDE de fecha 23 de abril de 2021, remite al Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana el Informe N° D000041-2021-MML-GDESTPE de la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo, por el cual hace suyo el Informe N° D000011-2021-MML-GDES- TPE- DMA de fecha 21 de abril de 2021, de la División del Departamento de Microempresa y artesanía STPE, mediante el cual emite opinión favorable a la propuesta, señalando su disposición a sumar esfuerzos de manera conjunta en la semana de la Micro y Pequeña Empresa que se instaure; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que mediante decretos de alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, en tanto que el numeral 44.1 del artículo 44 señala entre otros que los decretos de alcaldía deben ser publicados en el Diario Ofi cial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° D000407-2021-MML-GAJ de fecha 18 de mayo de 2021, concluye entre otros que, resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se declare la Semana de la Micro y Pequeña Empresa en la provincia de Lima del 12 al 15 de mayo, siendo el día central el 15 de mayo de cada año, conforme a lo propuesto por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1. Declarar del 12 al 15 de mayo de cada año, la Semana de la Micro y Pequeña Empresa en la Provincia de Lima, siendo el día central el 15 de mayo, en reconocimiento a su contribución con la economía del país y generación de empleo. Artículo 2. Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1961638-1 Aprueban el documento denominado “Análisis de Riesgos Climáticos de la provincia de Lima” DECRETO DE ALCALDÍA N° 22 Lima, 7 de junio de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO:El Informe Técnico N° D0006-2021-MML-GSCGA- SEACC-ECC y el Informe N° D00033-2021-MML-GSCGA-SEACC de la Subgerencia de Estrategia Ambiental y Cambio Climático perteneciente a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Memorando N° D000156-2021-MML-GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe N° D000207-2021-MML-GP-SPC de la Subgerencia de Planeamiento Corporativo perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación, el Memorando N° D000344-2021-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe N° D000443-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 42 de la citada ley, dispone que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de intereses para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el inciso 3.1 del artículo 73 de la Ley N° 27972, dispone que es competencia municipal formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental y frente al cambio climático, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las