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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (14/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 14 de junio de 2021 El Peruano / Aprobación del Reajuste Integral de Zoni fi cación y los Planos de Zoni fi cación Distrital, Que, con las Ordenanza Nº 893-MML, Nº 933-MML, Nº 1015-MML, Nº 1017-MML, Nº 1067-MML, Nº 1105-MML, Nº 1144-MML, Nº 1328-MML, Nº 1661-MML, Nº 1429-MML, Nº 1528-MML, Nº 1591-MML y Nº 1946-MML, aprueban, modi fi can y actualizan el Reajuste Integral de Zoni fi cación de los Usos del Suelo e Índices de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y III de Lima Metropolitana, estableciendo compatibilidades de uso para las diversas zonifi caciones con las cuales cali fi can al territorio metropolitano; Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, recibe los O fi cios N° D001338-2020- MIMP-DIPAM de fecha 01 de setiembre del 2020 y N° D001641-2020-MIMP-DIPAM de fecha 13 de octubre del 2020, el pedido formulado por la Dirección de Personas Adultas Mayores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con el cual precisa modi fi car los Índices de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigentes para toda el área metropolitana, incorporando la denominación de “Centros de Atención de Personas Adultas Mayores – CEAPAM”, evitando otro tipo de terminología que sea discriminatoria y lesiva de derechos, de esta manera permitirá la formalización de diversos establecimientos privados que han visto vulnerado o limitado el funcionamiento de la misma en diversas área de la metrópoli; Que, la Dirección General de Plani fi cación Territorial, con Informe N° 036-2021-MML-IMP-DE de fecha marzo del 2021, emite su opinión favorable a la modi fi cación de los Índices de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas (CIIU) en las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y III de Lima Metropolitana, incorporando las actividades con los códigos siguientes: (85.3.1.07) Centro de Atención para el Adulto Mayor u otro con características y servicios similares (en el Grupo 85.3.1. de Servicios Sociales con Alojamiento); y, (85.3.2.16) Centro de Atención para el Adulto Mayor u otro con características y servicios similares (en el Grupo 85.3.2. de Servicios Sociales sin Alojamiento) en el marco de la actualización de los Índices de Usos para la ubicación de actividades urbanas para Lima Metropolitana con la Revisión 4 emitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, mediante el O fi cio N° 0279-2021-ML-IMP-DE de fecha 10 de marzo del 2021, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Plani fi cación rati fi ca la opinión técnica favorable emitida en el Informe N° 036-2021-MML-IMP-DE/DGPT; la cual fue remitida a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura para continuar con el proceso de aprobación; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 045-2021-MML-CMDUVN de fecha 07 de abril de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA MODIFICAR LOS ÍNDICES DE USOS PARA LAS ACTIVIDADES URBANAS DE LAS ÁREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO I, II Y III DE LIMA METROPOLITANA Artículo Primero. Aprobar la Modi fi cación de los Índices de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas (CIIU) en las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y III de Lima Metropolitana que corresponde a las Ordenanzas Nº 893-MML, Nº 933-MML, Nº 1015-MML, Nº 1017-MML, Nº 1067-MML, Nº 1105-MML, Nº 1144-MML, Nº 1328-MML, Nº 1661-MML, Nº 1429-MML, Nº 1528-MML, Nº 1591-MML y Nº 1946-MML, incorporando las actividades con los códigos siguientes: (85.3.1.07) Centro de Atención para el Adulto Mayor u otro con características y servicios similares (en el Grupo 85.3.1. de Servicios Sociales con Alojamiento); y, (85.3.2.16) Centro de Atención para el Adulto Mayor u otro con características y servicios similares (en el Grupo 85.3.2. de Servicios Sociales sin Alojamiento), conforme al anexo N° 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en los instrumentos urbanos de los distritos que componen las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y III de Lima Metropolitana, la modi fi cación aprobada en el artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero. Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza a la Dirección de Personas Adultas Mayores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como a las Municipalidades Distritales que pertenecen a las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y III de Lima Metropolitana. Artículo Cuarto. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima junto con el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe). POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1962634-1 Institucionalizan la Transversalización del enfoque de Género en las políticas, servicios públicos y gestión institucional en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 2355-2021 Lima, 10 de junio de 2021 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Participación Vecinal, Servicios a la Ciudad y de la Mujer, mediante sus Dictámenes N° 001-2021-MML-CMAL y 002-2020-MML/CMPVSCM, de fechas 28 de enero de 2021 y 28 de diciembre de 2020, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA LA TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LAS POLÍTICAS, LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y LA GESTIÓN INSTITUCIONAL EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo 1. Institucionalizar la Transversalización del enfoque de Género en las políticas, servicios públicos y gestión de la Municipalidad metropolitana de Lima, a través de la implementación y ejecución de políticas públicas, planes, servicios, programas y proyectos, como medio para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio pleno de sus derechos a la igualdad de oportunidades. Artículo 2. Aprobar los “Lineamientos para Transversalizar el Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Institucional en el ámbito jurisdiccional de Lima Metropolitana”, los mismos que en