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18 NORMAS LEGALES Lunes 14 de junio de 2021 El Peruano / la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de la Cuenca Baja del Río Lurín que comprende los distritos de Cieneguilla y parte de Lurín y Pachacámac, que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I, III Y IV de Lima Metropolitana; Que, a través de la Ordenanza Nº 2236, publicada en el diario O fi cial El Peruano el 14 de febrero del 2020, se aprueba el Reajuste Integral de Zoni fi cación del Sector Manchay del distrito de Pachacámac y parte de la Cuenca Baja del Río Lurín; Que, mediante O fi cio N° 072-2018-MDC/A, ingresado con expediente N° 1298-18-IMP de fecha 8 de agosto de 2018, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla remite la Propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación del distrito de Cieneguilla, en el marco de la Ordenanza N° 1862; Que, con Memorándum N° 442-2018-MML/CMDUVN- ST y Dictamen N° 220-2018-MML-CMDUVN de fecha 20 de diciembre de 2018, se remite la propuesta de fi nitiva del Reajuste de Zoni fi cación del distrito de Cieneguilla, a la Secretaria General de Concejo, adjuntado el Informe N° 072-18-MML-IMP-DE/DGPT del Instituto Metropolitano de Plani fi cación; Que, mediante el O fi cio N° 024-2020-MML-GDU- SASLT y O fi cio N° 024-2020-MML-GDU-SASLT, la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la MML, solicita la no modi fi cación de la zonifi cación Agrícola (A) y Casa Huerta (CH2 y CH3), en las evaluaciones y propuestas de reajuste de zoni fi cación del distrito, constituyendo ámbitos territoriales de labores de formalización y titulación de predios rurales; Que, mediante expediente N° 915-20-IMP de fecha 10 de agosto de 2020 y expediente N° 1093-20-IMP de fecha 16 de setiembre de 2020, la Municipalidad de Cieneguilla presenta la subsanación de Observaciones señaladas en el Informe N° 005-20-MML-IMP-DE/DGPT adjuntando los Informes N° 045-2020-MDC/GDUR y N° 060-2020-MDC/GDUR; procediéndose a la exhibición pública por 45 días calendarios para la recepción de las observaciones correspondientes y su evaluación dentro del marco del Reajuste Integral de la Zoni fi cación del distrito de Cieneguilla; Que, mediante O fi cio N° 0356-21-MML-IMP-DE de fecha 30 de marzo del 2021, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, adjunta el Informe Nº 046-2021- MML-IMP-DE/DGPT, remitiendo la Propuesta Final de Reajuste Integral de Zoni fi cación del distrito de Cieneguilla a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, para la continuación del proceso de aprobación. Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 055-2021-MMLCMDUVN, de fecha 14 de abril de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO, ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo 1. Plano de Reajuste Integral de Zonifi cación de los Usos del Suelo Aprobar el Plano de Reajuste Integral de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de Cieneguilla, conformante del Área de Tratamiento Normativo I, III y IV de Lima Metropolitana (Plano N° 1), que como Anexo N° 1 forma parte de la presente Ordenanza. Este Plano de Zoni fi cación será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 2. Anexar al Área Urbana y Asignar Zonifi cación Anéxese al Área Urbana del Distrito de Cieneguilla y Asígnese la Zoni fi cación de ZRE - Zona de Reglamentación Especial – Cieneguilla, al área ubicada en el Sector 3, quebrada San Vicente, hasta el límite con el distrito de Chaclacayo, conforme se gra fi ca en el Plano N° 1 que como Anexo N° 1 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3. Normas Generales de Zoni fi cación de los Usos del Suelo En el área materia de la presente Ordenanza, rati fi car la vigencia de la aplicación de las Normas Generales de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del Área de Tratamiento Normativo I, III y IV de Lima Metropolitana, del cual forma parte el distrito de Cieneguilla. Para el Área de Tratamiento Normativo I, es de aplicación las Normas de Zoni fi cación aprobadas mediante la Ordenanza Nº 1015 publicada el 14 de mayo del 2007; para el Área de Tratamiento Normativo III, serán de aplicación las Normas aprobadas por la Ordenanza Nº 912, publicada el 3 de marzo del 2006; y para el Área de Tratamiento Normativo IV, serán de aplicación las Normas aprobadas por la Ordenanza N° 1146, publicada en el diario O fi cial El Peruano el 20 de junio del 2008 y las Especi fi caciones Normativas de la Zoni fi cación correspondientes a la Cuenca Baja del río Lurín de los Usos del Suelo, aprobadas en el Anexo N° 03 de la Ordenanza N° 1117; Artículo 4. Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas Disponer que la Municipalidad Distrital de Cieneguilla en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima, elaboren el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo IV – Cuenca Baja del Río Lurín, en concordancia con los lineamientos sobre usos del suelo establecidos en la Ordenanza Nº 310 y el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo III, elaboradas en concordancia con la revisión 4 de la CIIU - Clasi fi cación Industrial Internacional Uniforme. Las propuestas de Índice de Usos serán evaluadas y aprobadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Metropolitana. En el Área de Tratamiento Normativo I del Distrito de Cieneguilla, es de aplicación el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas aprobado por la Ordenanza Nº 933 publicada el 05 de mayo de 2006, complementada mediante la Ordenanza Nº1015 publicada el 14 de mayo de 2007. Artículo 5. Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales Establecer como Norma General para la aplicación de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo en el área materia de la presente Ordenanza, que el equipamiento urbano existente y en funcionamiento de Centros de Educación Inicial, Centros de Educación Básica, Comercios Locales, Postas Sanitaria, Áreas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel vecinal y los Aportes que se trans fi eren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente cali fi cación especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza. Artículo 6. Compatibilidad de Uso de los Aportes del Reglamento Nacional de Edi fi caciones Los aportes para Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios resultantes del proceso de habilitación urbana de los predios, así como los provenientes del proceso de saneamiento físico legal, mantienen el uso para el que fueron aportados, el que prevalece sobre la cali fi cación que se indique en el plano de Zoni fi cación que se aprueba por la presente Ordenanza, por ser usos compatibles con los usos residencial y comercial. Artículo 7. Zona de Reglamentación Especial del Sector de Collanac Se reitera lo señalado en el artículo 9 de la Ordenanza N° 1117, manteniendo como Zona de Reglamentación Especial el sector localizado entre los Distritos de Pachacámac y Cieneguilla, señalado en el Plano de Zoni fi cación que se aprueba mediante la presente Ordenanza. En dichos terrenos, la Comunidad Campesina de Collanac, en coordinación con las Municipalidades Distritales de Pachacámac y Cieneguilla, deberá elaborar el estudio de Planeamiento Urbano que de fi na la vocación del área, la distribución de los diferentes usos del suelo