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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (14/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Lunes 14 de junio de 2021 El Peruano / (residenciales, comerciales, industriales, equipamiento urbano, comunales y otros) , la estructura vial, la accesibilidad y factibilidad de servicios, considerando aspectos de seguridad física, impacto ambiental y otros que sean necesarios, y deberá formular la propuesta respectiva, la cual, con la opinión de las Municipalidades Distritales respectivas y del Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación mediante Ordenanza Metropolitana. Artículo 8. Zona de Reglamentación Especial del Sector de Ocupaciones de Vivienda El Mirador, San Nicolás de Tolentino, Estrellita de Cieneguilla y otros Se reitera lo señalado en el artículo 10 de la Ordenanza N° 1117, incrementando y manteniendo como como Zona de Reglamentación Especial el sector localizado al Norte de la vía a Huarochirí correspondiente al Distrito de Cieneguilla, señalado en el Plano de Zoni fi cación que se aprueba mediante la presente Ordenanza. En dicho sector, la Municipalidad de Cieneguilla, deberá elaborar el estudio de Planeamiento Urbano correspondiente que integre las diferentes ocupaciones, de fi na los usos del suelo y la estructura vial, considerando aspectos de seguridad física, impacto ambiental, factibilidad de servicios, saneamiento legal de la propiedad y otros que sean necesarios, y formule la propuesta especí fi ca. Dicha Propuesta, con la opinión de la Municipalidad Distrital y del Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación mediante Ordenanza Metropolitana. Artículo 9. Zona de Reglamentación Especial - Cieneguilla Establecer como Zona de Reglamentación Especial el sector localizado en la zona norte del distrito, en la quebrada San Vicente, sobre los cerros de Cieneguilla hasta el límite del distrito de Chaclacayo, a la Margen derecha del Río Lurín. En dicho sector, la Municipalidad de Cieneguilla, en coordinación con la Municipalidad distrital de Chaclacayo, deberá elaborar el Plan Especí fi co, con los estudios correspondientes que de fi nan los usos del suelo y la estructura vial correspondiente a las vías locales principales que conectan la Av. Toledo con la Av. Nicolas Ayllón en el distrito de Chaclacayo, considerando aspectos de seguridad física, impacto ambiental, cultural, paisajista, factibilidad de servicios, estudios de riesgos y otros que sean necesarios, para la propuesta especí fi ca. Dicha Propuesta, con la opinión de las Municipalidades Distritales y del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación mediante Ordenanza Metropolitana. Artículo 10. Ocupación de Laderas Establecer que la ocupación y edi fi cación de terrenos localizados en pendientes pronunciadas (laderas de cerro), cali fi cados con usos urbanos dentro del Plano de zonifi cación que se aprueba con la presente Ordenanza, deberá contar necesariamente con estudios de riesgo físico aprobados por la autoridad competente. Artículo 11. Cali fi cación de Áreas de Reserva Natural (RN-ef) Califi car las áreas geo-referenciadas de la Loma Manchay, reconocida como parte del Ecosistema Frágil mediante Resolución Ministerial N°0408-2013-MINAGRI en fecha 15 de octubre de 2013, con la Zoni fi cación Reserva Natural Ecosistema Frágil RN-ef; Artículo 12. Ordenanza N° 310 Establecer que la Zoni fi cación Especí fi ca que se aprueba mediante la presente Ordenanza desarrolla la Zoni fi cación Generalizada aprobada mediante la Ordenanza Nº 310. Deróguese toda otra norma y disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 13. Franja de Uso Restringido Establecer una Franja de amortiguamiento de 100m de usos restringidos, paralelos a la faja marginal, de afectación sobre los predios ribereños del río Lurín, de usos recreativos asociados a la actividad principal del predio, detallados en el Anexo Nº 005-MML-CBLU, de la Ordenanza N° 310. Permitiendo un máximo de edi fi cación permanente compatible con el paisaje, del 20% del área restringida, y 10% del área el total de predio, debiendo mantener un retiro de 75m medidos desde el eje del río, no admitiéndose subdivisiones de predios, conforme a lo establecido en. Los caminos públicos (vía malecón de borde) se establecerán en este sector como servidumbre obligatoria, en los casos que por geografía no sea posible ubicarlos en la faja marginal. Artículo 14. Zonas Arqueológicas (OU-ZA) Se modi fi ca y actualiza la delimitación de las zonifi caciones OU-ZA (Otros Usos – Zona Arqueológica), cuya delimitación precisa será de fi nida en coordinación con el Ministerio de Cultura. Artículo 15. Planeamiento integral Previo a la Habilitación Urbana, los propietarios deberán proponer el planeamiento integral para los predios comprendidos en las áreas indicadas en los artículos 1 y 2 de la presente Ordenanza, con precisión de las vías y aportes reglamentarios, bajo el procedimiento establecido en normativa vigente. Artículo 16. Actualización del Sistema Vial Metropolitano Actualícese el Sistema Vial Metropolitano, de acuerdo al Plano N° SVM-1 y Plano N°SVN-2, que como Anexo N° 2 forma parte de la presente Ordenanza, que modi fi ca el Plano y el Anexo de la Ordenanza N° 341; en lo que corresponde a las Secciones Viales Normativas de las vías Metropolitanas, modi fi caciones de trazo y la incorporación de nuevas vías metropolitanas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. Dispóngase que todos los Expedientes en trámite relacionados a los Cambios Especí fi cos de Zoni fi cación del Distrito de Cieneguilla, que hayan sido evaluados dentro del marco de la presente Ordenanza, que se encuentren en las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sean remitidos a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fi n de canalizar el trámite en base a lo evaluado en la presente Ordenanza. Segunda. Dispóngase que, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla elabore la respectiva Propuesta de Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo III y IV del Distrito; las mismas que serán revisadas y concordadas por el Instituto Metropolitano de Plani fi cación y serán presentadas a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación por Ordenanza Metropolitana. DISPOSICIONES FINALES Primera. Suspender los Cambios Especí fi cos de Zonifi cación por un periodo de dos (02) años, posteriores a la aprobación de la presente norma, salvo que, excepcionalmente, se presenten solicitudes con cali fi cación de Interés Local o de Interés Metropolitano, a fi n de garantizar la estabilidad y vigencia del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo que se aprueba con la presente Ordenanza. Segunda. Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobadas en la presente Ordenanza. Tercera. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluidos los anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1962634-7