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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2021 (04/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 4 de marzo de 2021 / El Peruano de diciembre de 2020), que aprobó el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras de Osinergmin (en adelante, el RFS), que tiene por objeto establecer las disposiciones aplicables para el ejercicio de las funciones fi scalizadora y sancionadora de Osinergmin; Que, el artículo 26 del RFS establece que el Consejo Directivo de Osinergmin aprueba la Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base, la cual considera los siguientes criterios de graduación: gravedad del daño al interés público o bien jurídico protegido, perjuicio económico causado, bene fi cio ilegalmente obtenido, capacidad económica del agente o su grupo económico, y probabilidad de detección; y otros que resulten de aplicación.; Que, la referida Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base tiene por objeto establecer la metodología que corresponde aplicar para el cálculo de la Multa Base, considerando los criterios recogidos dentro del principio de razonabilidad en el artículo 248 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, a fi n de brindar predictibilidad a los agentes fi scalizados en la determinación de este tipo de sanciones; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021-OS/CD, publicada el 19 de febrero de 2021, se aprobó la publicación para comentarios de la “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base” y su Exposición de Motivos; Que, el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021-OS/CD estableció un plazo de quince (15) días calendario siguientes a su publicación, a fi n de que los interesados remitan sus comentarios o sugerencias al proyecto normativo, el mismo que vence el 6 de marzo de 2021; Que, con fechas 26 de febrero y 2 de marzo se ha recibido las comunicaciones de las empresas Enel Distribución y Luz del Sur, respectivamente, mediante las cuales solicitan que se extienda el plazo otorgado en la Resolución N° 027-2021-OS/CD, con la fi nalidad de que puedan realizar una mejor evaluación de la propuesta normativa y formular apropiadamente sus comentarios; Que, teniendo en consideración las solicitudes recibidas, a fi n de poder recibir la mayor cantidad de opiniones, comentarios y sugerencias de todos los interesados, que permitan enriquecer y mejorar el contenido del proyecto normativo, se considera conveniente, de forma excepcional, extender el plazo inicialmente previsto en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021-OS/CD, ampliándolo en quince (15) días calendario adicionales, hasta el 21 de marzo de 2021; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y el literal b) del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 07-2021. SE RESUELVE:Artículo 1. – Prórroga Prorrogar el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021/OS-CD hasta el 21 de marzo de 2021, para la recepción de comentarios y sugerencias de todos los interesados al proyecto normativo “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base”, publicado el 19 de febrero de 2021. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo DirectivoOsinergmin 1931915-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Aprueban actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP PROVISIONAL de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL Nº 034-2021 Lima, 28 de febrero de 2021 VISTO, el Memorándum Nº 00041-2021-OPP, el Informe Nº 0021-2021/OPP, el Informe 00019-2021-OA/PER y el Informe Legal Nº 73-2021/OAJ; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el área de personal de la O fi cina de Administración ha presentado su propuesta de Actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP PROVISIONAL considerando que en el ejercicio 2020 se aprobaron dos reordenamientos de personal mediante las Resoluciones de Secretaría General Nº 059-2020 y Nº 150-2020; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable a la propuesta presentada mediante el Memorándum Nº 00041-2021/OPP y el Informe N° 0021-2021/OPP, señalando que su opinión es favorable debido, entre otras cosas a que no ha variado en número de plazas del CAP PROVISIONAL y que se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, de conformidad con lo señalado en el literal j) del artículo 4 del Reglamento de la Ley SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, por lo que compete al Secretario General la aprobación de la propuesta; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP PROVISIONAL de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo el anexo será publicado en el portal institucional de la entidad el mismo día de publicación de la presente resolución. (www.proinversión.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ESTUARDO ALBÁN RAMÍREZ Secretario General (e) 1932201-1