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67 NORMAS LEGALES Jueves 4 de marzo de 2021 El Peruano / defensa jurídica del Estado, y depende jerárquicamente de la Presidencia Ejecutiva; Que mediante Resolución Ministerial Nº 229-2020- JUS de fecha 3 de setiembre del 2020, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Procuraduría General del Estado; y mediante la Resolución Ministerial Nº 263-2020-JUS del 14 de octubre del 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la Procuraduría General del Estado; Que el cargo de Director de la Dirección Técnico Normativa, en su condición de empleado de con fi anza, así como sus funciones, se encuentra de fi nido y descrito en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional y en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Procuraduría General del Estado; Que mediante el informe de Visto, la Gerencia General considera que resulta necesaria la emisión del acto resolutivo con el cual se designe al Director de la Dirección Técnico Normativa, con el objeto de posibilitar la continuidad de las operaciones y actividades de la Procuraduría General del Estado en el marco de su Plan Inicial de Actuación y de su Plan de Implementación, así como obtener mayores niveles de e fi ciencia y e fi cacia en la gestión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS; con el Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado; con la Resolución Ministerial Nº 263-2020-JUS que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la Procuraduría General del Estado, y con la Resolución Ministerial Nº 229-2020-JUS que prueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Procuraduría General del Estado, SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor abogado GEISEL GRANDEZ GRANDEZ, en el cargo de Director de la Dirección Técnico Normativa de la Procuraduría General del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJAN Procurador General del Estado 1931958-5 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban la Directiva Lineamientos para la aplicación de sanciones a ciudadanos nacionales y extranjeros por infracción a la norma migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000044-2021-MIGRACIONES Breña, 25 de febrero del 2021 VISTOS: El Informe Nº 000054-2021-SCM/MIGRACIONES, de fecha 23 de febrero de 2021, elaborado por la Subdirección de Control Migratorio de la Dirección de Registro y Control Migratorio; el Memorando Nº 000345-2021-DRCM/MIGRACIONES, de fecha 23 de febrero de 2021, de la Dirección de Registro y Control Migratorio; la Hoja de Elevación Nº 000024-2021-UMGC/MIGRACIONES y el Informe Nº 000005-2021-GRC-UMGC/MIGRACIONES, ambos de fecha 23 de febrero de 2021, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000445-2021-OPP/MIGRACIONES, de fecha 23 de febrero de 2021, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000138-2021-OAJ/MIGRACIONES, de fecha 24 de febrero de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior; señalando en su artículo 2° que, MIGRACIONES tiene competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza, coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los puestos de control migratorio o fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento; Por otro lado, el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, regula el ingreso y salida del territorio peruano de personas nacionales y extranjeras; la permanencia y residencia de personas extranjeras en el país y el procedimiento administrativo migratorio. Asimismo, regula la emisión de documentos de viaje para nacionales y extranjeros, así como de identidad para extranjeros; Con el Decreto Supremo Nº 009-2020- IN y Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, publicados el 19 de junio y 01 de julio de 2020, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES; En ese sentido, el artículo 4º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad señala que son funciones de esta Entidad, entre otras, administrar, supervisar, fi scalizar, normar y sancionar las actividades en materia de su competencia y desarrollar las acciones de seguridad y control migratorio en zonas de frontera y en todo el territorio nacional, en el marco de sus competencias; De conformidad con artículo 62° del Texto Integrado del ROF de MIGRACIONES, corresponde a la Dirección de Registro y Control Migratorio administrar el Registro de Información Migratoria – RIM y de normar las actividades en materia de control migratorio, sanciones y las actividades de emisión de documentos de viaje e identidad a nivel nacional, en coordinación con las autoridades competentes; y, en su artículo 68° dispone que, corresponde a la Subdirección de Control Migratorio elaborar y proponer lineamientos en materia de control migratorio y sanciones; En ese contexto, con Memorando Nº 000345-2021- DRCM/MIGRACIONES, la Dirección de Registro y Control Migratorio remite para la gestión respectiva el proyecto de Directiva: “Lineamientos para la aplicación de sanciones a ciudadanos nacionales y extranjeros por infracción a la norma migratoria”, adjuntándose la propuesta así como el Informe Nº 000054-2021-SCM/MIGRACIONES, elaborado por la Subdirección de Control Migratorio, unidad orgánica especializada, a través del cual sustenta la necesidad de su aprobación; Con Memorando N° 000445-2021-OPP/ MIGRACIONES, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite la Hoja de Elevación Nº 000024-2021-UMGC/MIGRACIONES y el Informe Nº 000005-2021-GRC-UMGC/MIGRACIONES, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad por el cual concluye que el referido proyecto de Directiva, con código M01.DRCM.DI.007, no cuenta con observaciones, precisando que se ha elaborado y actualizado en el marco de la implementación del nuevo Reglamento de Organización