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69 NORMAS LEGALES Jueves 25 de marzo de 2021 El Peruano / para seleccionar un Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de Bellavista, se proclamó como ganadora a la señora Muriel Chunga Rugel, haciéndose necesario su designación mediante la emisión de una Resolución de Alcaldía que le permita ejercer sus funciones de conformidad con el artículo 7º de la ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modi fi catorias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada a partir del 04 de marzo de 2021, a la señora Muriel Rugel Chunga, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Bellavista, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que otorga la Ley especí fi ca de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Sub Gerencia de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución en cuanto sea de su competencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1937502-5 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jazán ORDENANZA MUNICIPAL Nº 135-2021/MDJ-A Pedro Ruiz Gallo, 12 de marzo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZÁN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria Nº 007 de fecha 11 de marzo de 2021; VISTO:El INFORME Nº 028-2021/MDJ-GM, con registro de ingreso Nº 2962, de fecha 10/03/2021; el Dictamen Nº 31; el Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Nº 07 de fecha 11/03/2021; el Acuerdo de Concejo Nº 21-2021/MDJ-A, de fecha 12/03/2021, y; CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por las Ley Nº 28607 y la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el cual señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 27972, dispone que la administración Municipal puede adoptar una estructura gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior, rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana, así como por los principios de contenidos en la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, la estructura de organización diseñada para la Municipalidad Distrital de Jazán ha sido en aplicación del Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, que modi fi ca los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante Decreto Supremo Nº054-2018-PCM y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen las orientaciones sobre el Reglamento de Organizaciones y Funciones-ROF y Manual de Operaciones-MOP; Que, mediante Informe Nº 028-2021/MDJ-GM, de fecha 11 de marzo de 2021, el Gerente Municipal, hace llegar la propuesta del nuevo Reglamento de Organización de Funciones - ROF y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jazán, de acuerdo a la normativa vigente descrita en el párrafo precedente; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 007 de fecha 11 de marzo de 2021, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021-2021/MDJ-A el Concejo Municipal después del debate, por UNANIMIDAD aprobó el nuevo Reglamento de Organización de Funciones – ROF y la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jazán; Que, estando a lo expuesto y contando con la aprobación del Concejo Municipal en Pleno, en el cumplimiento de las facultades conferidas por el Artículo 9º y 40º de la Ley 27972 y contando con el voto UNANIME de los señores regidores y con el trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZÁN Artículo Primero.- APROBAR el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jazán, el cual consta de cinco (05) títulos, catorce (14) capítulos y ciento sesenta y nueve (169) artículos, y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jazán, el cual forma parte íntegramente de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Jazán (www.munijazan.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en artículo 9º del D.S. 001-2009-JUS. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 095-2018-MDJ/A y la Ordenanza Municipal Nº 117-2020/MDJ-A y toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente ORDENANZA MUNICIPAL entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a todas a las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a la Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano” y la distribución a las unidades orgánicas de la Municipalidad. POR LO TANTO Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. DANIEL GUIOP HUAMAN Alcalde 1936674-1