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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2021 (25/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 25 de marzo de 2021 El Peruano / Nº Código Único Nombre de la InversiónImporte en S/ 2 2511814ADQUISICIÓN DE SERVIDOR, EQUIPO DE ALMACENAMIENTO, HARDWARE GENERAL Y ESTACION DE TRABAJO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) OFICINA REGISTRAL AYACUCHO, SEDE DE LA ZONA REGISTRAL Nº XIV SEDE AYACUCHO DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA HUAMANGA, DEPARTAMENTO AYACUCHO994,614.00 3 2412686MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS REGISTRALES DE LA OFICINA REGISTRAL AYACUCHO, SEDE DE LA ZONA REGISTRAL N° XIV SEDE AYACUCHO DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA - PROVINCIA DE HUAMANGA - DEPARTAMENTO DE AYACUCHO500,000.00 TOTAL U.E. 015 SUNARP SEDE AYACUCHO 1,519,414.00 RESUMEN DE INCORPORACION POR UNIDAD EJECUTORA UNIDAD EJECUTORAIMPORTE EN S/ 001 SUNARP - SEDE CENTRAL 4,195,606.00 002 SUNARP - SEDE LIMA 17,106,461.00 003 SUNARP - SEDE CHICLAYO 2,278,789.00004 SUNARP - SEDE TRUJILLO 1,707,299.00005 SUNARP - SEDE AREQUIPA 2,656,005.00 006 ZONA REGISTRAL X CUSCO 1,613,357.00 007 ZONA REGISTRAL I SEDE PIURA 7,291,298.00008 ZONA REGISTRAL III SEDE MOYOBAMBA 450,000.00009 ZONA REGISTRAL IV SEDE IQUITOS 478,417.00010 ZONA REGISTRAL VI SEDE PUCALLPA 1,225,917.00 011 ZONA REGISTRAL VII SEDE HUARAZ 984,837.00 012 ZONA REGISTRAL VIII SEDE HUANCAYO 850,037.00013 ZONA REGISTRAL XI SEDE ICA 492,230.00014 ZONA REGISTRAL XIII SEDE TACNA 2,529,850.00 015 SUNARP - SEDE AYACUCHO 1,519,414.00 TOTAL PLIEGO 067 SUNARP 45,379,517.00 1937935-1 Aprueban Lineamientos para la realización del programa “SUNARP TE ESCUCHA” RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 041-2021-SUNARP/SA Lima, 24 de marzo del 2021VISTOS; el Informe Técnico N° 014-2021-SUNARP- SOR/DTR del 16 de marzo de 2021 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 179-2021-SUNARP/OGAJ del 16 de marzo de 2021 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros; Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, en el marco de la política de inclusión social de la Sunarp, la entidad, en la última década, ha venido promoviendo el acercamiento de los servicios registrales a los ciudadanos, informando, difundiendo y facilitando su acceso mediante la puesta en marcha de diferentes programas de inclusión registral; Que, mediante Resolución N° 014-2012-SUNARP/SA de fecha 13 de enero de 2012, modi fi cada por Resolución N° 023-2012/SN, se instituye el programa “SUNARP TE ESCUCHA”, a nivel nacional; Que, mediante Resolución N° 171-2013-SUNARP/ SN del 18 de julio de 2013, se aprueban los Lineamientos para la organización, difusión, inscripción, desarrollo y demás aspectos relacionados al programa “SUNARP TE ESCUCHA”, cuya regulación propicia la atención directa de las consultas, sugerencias o reclamos presentados por los usuarios sobre los servicios registrales; Que, el programa “SUNARP TE ESCUCHA” desde su implementación, ha presentado resultados favorables, promoviendo la participación activa de los ciudadanos en las sesiones presenciales que organizan las zonas registrales a nivel nacional; asimismo, se ha advertido que la intervención de un sector, grupo social o colectivo de ciudadanos cuya problemática es común requiere de un espacio comunicacional propio; Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria que afronta nuestro país por el Covid-19 y las medidas establecidas por el Gobierno Central hacia una nueva convivencia social, el uso de las tecnologías de la información y comunicación, ha viabilizado la continuidad de los servicios registrales, incluyendo a los programas de inclusión registral, de acuerdo a su naturaleza; Que, en ese sentido, emerge la necesidad de establecer un nuevo marco normativo que regule la nueva estrategia del programa “SUNARP TE ESCUCHA”, a fin de ampliar su accesibilidad y eficiencia, complementado con la difusión de los nuevos servicios registrales y la promoción de valores éticos en la población; Que, la Dirección Técnica Registral ha elevado el proyecto de resolución, conjuntamente con el informe técnico, a la Superintendencia Adjunta de los Registros Públicos para la evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Que, con fecha 04 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Suprema N°019-2021-JUS, a través de la cual se designa al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de los Registros Públicos; Estando a lo acordado y de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley N°26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; que dispone que en caso de ausencia o impedimento temporal el Superintendente Nacional es reemplazado por el Superintendente Adjunto; contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de lineamientos Aprobar los Lineamientos para la realización del programa “SUNARP TE ESCUCHA” que forman parte integrante de la presente resolución.