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36 NORMAS LEGALES Domingo 2 de mayo de 2021 / El Peruano Federal de Alemania, formalizado mediante Nota Verbal Nº 0045/2021 de la Embajada de la República Federal de Alemania de fecha 17 de febrero de 2021, y Nota RE (MIN) Nº 6-5/23 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú de fecha 5 de abril de 2021. Artículo 2º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de su entrada en vigencia, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647. Artículo 3º.- Dese cuenta al Congreso de la República. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1949246-2 Modifican la R.M. N° 0712-2017-RE, sobre designación de representante alterna de la Dirección Ejecutiva de la APCI ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0159-2021-RE Lima, 28 de abril de 2021VISTA:La Resolución Ministerial N° 0712-2017-RE, del 16 de octubre de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0712- 2017-RE se designó al señor Carlos Alberto Castagne Saavedra, Director de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); y al señor César Augusto Caballero Caballero, profesional de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI, como representantes titular y alterno de la Dirección Ejecutiva de la APCI ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo – CONTRALAFT; Que, mediante Decreto Supremo N° 057-2011-PCM se crea la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT, que tiene por objetivo coadyuvar en la coordinación y plani fi cación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir los delitos de lavado de activos y del fi nanciamiento del terrorismo, así como hacer el seguimiento de la implementación, cumplimiento y actualización del Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo; Que, con Decreto Supremo N° 018-2017-JUS se aprueba la Política Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y se modi fi có el referido Decreto Supremo N° 057-2011-PCM; Que, a través de la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Supremo N° 018-2017-JUS se modi fi có el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 057-2011-PCM, incorporándose como miembro de la CONTRALAFT a un representante del Director Ejecutivo de la APCI; Que, el tercer párrafo del referido numeral 3.1 establece que las entidades que integran la CONTRALAFT deben designar un miembro alterno por cada uno de los miembros titulares designados;Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 057- 2011-PCM, también modi fi cado por Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Supremo N° 018-2017-JUS, establece que las designaciones de los representantes de las entidades del Poder Ejecutivo se efectuarán mediante resolución ministerial del sector al que pertenecen o se encuentren adscritos; Que, con Memorándum N° APC00077/2021, del 13 de abril de 2021, la Dirección Ejecutiva de la APCI solicita la actualización de la designación de su representante alterno ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0712-2017-RE, del 16 de octubre de 2017, que designa al representante alterno de la Dirección Ejecutiva de la APCI ante la CONTRALAFT; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 057-2011- PCM, que Aprueba el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Creación de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de activos y Financiamiento del Terrorismo; el Decreto Supremo N° 018-2017-JUS, que aprueba la Política Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y fortalece la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo – CONTRALAFT; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0712-2017-RE, del 16 de octubre de 2017, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Designar a la señora Konnie Stefani Huamán Miranda, profesional de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI, como la representante alterna de la Dirección Ejecutiva de la APCI ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT.” Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0712-2017-RE, del 16 de octubre de 2017, en todo aquello que no se oponga a la presente Resolución. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la representante designada en el artículo precedente, así como a la Secretaría Técnica de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1949122-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la Obra: “Red Vial Nº 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 375-2021-MTC/01.02 Lima, 29 de abril de 2021 VISTA: La Nota de Elevación N° 081-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de