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28 NORMAS LEGALES Domingo 2 de mayo de 2021 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del acotado dispositivo legal establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN-PCD, y modi fi catorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual dispone que la entidad elabora y aprueba su Plan Operativo Institucional - POI Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, el cual debe registrar la priorización de cada Actividad Operativa e inversión, según niveles establecidos sobre la base de la Ruta Estratégica de fi nida en el PEI; asimismo, precisa que el Titular de la Entidad aprueba el POI Multianual hasta el 30 de abril; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0276- 2020-DE/SG se aprueba el Plan Estratégico Institucional PEI 2020 – 2025 del Ministerio de Defensa; Que, por medio del O fi cio N° 00774-2021-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00185-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Plan Operativo Institucional POI - Multianual 2022 - 2024 del Ministerio de Defensa se ha formulado en base a la estructura de fi nida por el CEPLAN, y en cumplimiento de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, e indica que ccontribuye a los diez objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del PEI 2020 – 2025 del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial N° 0276-2020-DE/SG; asimismo, precisa que para su elaboración se han llevado a cabo las coordinaciones correspondientes y la validación de los órganos, unidades orgánicas, unidades ejecutoras y demás dependencias de la entidad; Que, mediante Informe Legal N° 00344-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable aprobar, por medio de resolución ministerial, el Plan Operativo Institucional - POI Multianual 2022 - 2024 del Ministerio de Defensa, precisando que el referido documento de gestión se encuentra clasi fi cado como información “Secreta” por razones de Seguridad Nacional, de conformidad con lo dispuesto en los literales f) y g) del inciso 1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2022-2024 del Ministerio de Defensa, el mismo que obra como Anexo de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2022-2024 del Ministerio de Defensa, se encuentra clasi fi cado como información “Secreta” por razones de Seguridad Nacional, de conformidad con lo dispuesto en los literales f) y g) del numeral 1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS . Artículo 3.- La Dirección General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la distribución respectiva de la parte pertinente del Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2022-2024 del Ministerio de Defensa, que le corresponda a los órganos, unidades ejecutoras y dependencias del Ministerio de Defensa, teniendo presente lo señalado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1949255-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Delegan funciones en diversos funcionarios del INIA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 001-2021-INIA Lima, 29 de abril de 2021CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con personería jurídica de derecho público. Tiene competencia de alcance nacional y constituye un Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INIA, estableciéndose su estructura orgánica y determinándose las funciones generales y especí fi cas de los órganos que la conforman; Que, el artículo 6-A del referido dispositivo legal, dispone que Consejo Directivo es el órgano de máxima jerarquía institucional del INIA, encargado de aprobar las políticas institucionales. El Consejo Directivo sesiona, en forma ordinaria, por lo menos una vez al mes y extraordinariamente según determine el Presidente del mismo o la mayoría