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14 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de mayo de 2021 / El Peruano la Dirección Zonal Arequipa, la resolución de contratos y sus adendas que correspondan a la adquisición de bienes sólo a través de procedimientos de selección de Subasta Inversa Electrónica serán hasta el tope del procedimiento de selección de Licitación Pública.” Artículo Segundo.- DISPONER la modi fi cación del Artículo Segundo de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021 incluyéndose el literal ñ), Resolución que fuera modi fi cada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 062-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 02 de abril de 2021, cuyo tenor será el siguiente: “ñ) podrá realizar las gestiones administrativas correspondientes para participar en la venta de Guano de Isla a través de Contrataciones Directas bajo la causal de proveedor único, incluyendo la suscripción de contrato”. Por lo expuesto, el Artículo Segundo de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 5 de enero de 2021, en base a la inclusión del literal m), tendrá el siguiente tenor: “Artículo Segundo.- DELEGAR, en el/la DIRECTOR (A) DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, durante el año fi scal 2021, las facultades a nivel de la Sede Central de: a) Aprobar y Modi fi car el Plan Anual de Contrataciones - PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, así como sus modi fi caciones, y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones que apruebe el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. b) Aprobar los Expedientes de Contratación para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras, que correspondan a los procedimientos de selección conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento que se encuentre vigente y aplicable. Asimismo, autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad a la normativa vigente. c) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección por causal debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en ¡a normativa de contrataciones vigente, para la adquisición de bienes, contratación de servicios, consultorías y ejecución de obras. d) Designar y reconformar a los Comités de Selección que conducirán los procedimientos de selección para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. e) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. f) Aprobar las Bases Administrativas de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. g) Suscribir, modi fi car, requerir y resolver los contratos y sus adendas, derivados de procedimientos de selección convocados, incluido la consultoría y ejecución de obra, tomando en cuenta lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. h) Autorizar y suscribir contratos complementarios provenientes de los procedimientos de selección. i) Autorizar la contratación de bienes, servicios y consultorías; así como la suscripción de los contratos y adendas para la adquisición de bienes, servicios y consultorías cuyos montos sean iguales o interiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias a excepción de lo establecido en la Directiva Sectorial Nº 003-2015-MINAGRI “Lineamientos y Procedimiento para el contrato de Locación de Servicios en el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI”. Asimismo, podrá requerir, Resolver totalmente o parcialmente, anular y dejar sin efecto la orden de compra o servicio. Estas prerrogativas se extienden en lo que corresponda al Programa de Irrigación de Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú – PIPMIRS. j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones en caso de bienes, servicios y consultorías hasta por el monto máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento que se encuentre vigente y resulte aplicable. Asimismo, aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de bienes, servicios y consultorías. l) Autorizar las propuestas económicas que superen el valor referencial o el valor estimado, presentadas por los postores en los procedimientos de selección hasta el límite previsto por ley; siempre y cuando se cuente con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario. m) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hecho sobreviniente a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su fi nalidad de manera oportuna y e fi ciente, y no cambien los elementos determinantes del objeto, y siempre que la modi fi cación no implique el incremento del precio. n) Suscribir el formato de a fi liación y el correspondiente contrato para la renovación del servicio de salud privada con la EPS Pací fi co Seguros. ñ) Podrá realizar las gestiones administrativas correspondientes para participar en la venta de Guano de Isla a través de Contrataciones Directas bajo la causal de proveedor único, incluyendo la suscripción de contrato.” Artículo Tercero.- DISPONER la comunicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Dirección de Gestión de Recursos Naturales, Riesgo y Cambio Climático, la Dirección de Desarrollo Agrario, la Dirección de Abonos, O fi cina de Administración, a la Dirección Adjunta, a la O fi cina de Asesoría Legal y a las Direcciones Zonales de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Lima, La Libertad, Lambayeque, Huancavelica, Junín, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna y Tumbes ; para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo Cuarto.- DISPONER que la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Legal, en el ámbito de sus competencias, ejecuten las actividades señaladas en los párrafos tercero y cuarto del numeral 3.5 del Informe Legal Nº 138-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE/OAL, ello de acuerdo a lo señalado en el literal i) del artículo 17 y el literal o) del artículo 18 del Manual de Operaciones de AGRORURAL. Artículo Quinto.- DISPONER que la O fi cina de Administración realice un monitoreo y acompañamiento de las acciones materia de delegación en las Direcciones Zonales, y cumpla con informar trimestralmente a la Dirección Ejecutiva la evaluación del desarrollo de los procedimientos de selección a fi n de determinar el impulso generado para los planes previstos y/o en su defecto, identi fi car debilidades, que permita adoptar oportunamente las acciones correctivas necesarias, y evitar la generación de contingencias para la Entidad. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario O fi cial El Peruano, precisándose que la vigencia de la misma entra en vigor desde el día siguiente de dicha publicación; asimismo, DISPONGASE la publicación adicionalmente en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL, www.agrorural.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora EjecutivaPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1949879-1