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18 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de mayo de 2021 / El Peruano infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del PRONIED y a través de la Resolución Ministerial Nº 619-2018-MINEDU y la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 078-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED se aprobó el reordenamiento de dicho cuadro, en el cual el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, se encuentra califi cado como cargo de con fi anza; Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado por Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado mediante Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, al estar vacante el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, la Dirección Ejecutiva ha propuesto al señor Gustavo Daniel Escate Pariona para cubrir el indicado cargo, para lo cual remitió a la Unidad de Recursos Humanos su hoja de vida, a fi n que se sirva disponer su evaluación y de ser factible la realización de las acciones necesarias para la designación del mencionado profesional; Que, mediante Informe Nº 00195-2021-MINEDU/ VMGI-PRONIED/OGAD-UDRH, la Unidad de Recursos Humanos, concluye que, revisada la hoja de vida documentada del profesional propuesto, este cumple con los requisitos para el cargo y no cuenta con impedimento para trabajar en el Estado; Que, asimismo, en atención a la debida diligencia, la Unidad de Recursos Humanos verificó en la Plataforma Nacional de Interoperabilidad del Estado - PIDE, en la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción - OTEPA, en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos - REDAM y en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC, que el profesional propuesto no registra antecedentes; Con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina General de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; Ley Nº 29849 que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado con Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 331-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 05 de mayo de 2021 al señor Gustavo Daniel Escate Pariona en el cargo de con fi anza de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal correspondientes. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (www.pronied.gob.pe) y disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FRANCISCO PELAEZ CRUZ DEL CASTILLODirector EjecutivoPrograma Nacional de Infraestructura Educativa 1950003-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual correspondiente al período 2022-2024 del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2021-MINEM/DM Lima, 30 de abril de 2021VISTOS: El Informe Nº 0099-2021-MINEM-OGPP- OPPIC de la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 347-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, cuyo literal d) del numeral 7.2 del artículo 7 establece que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y planes operativos institucionales - POI; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la sección 6 de la referida Guía para el Planeamiento Institucional modi fi cada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019-CEPLAN-PCD, establece que el Plan Estratégico Institucional – PEI se elabora y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia, y en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el Plan Operativo Institucional - POI Multianual para un período no menor de tres años respetando el período de vigencia del Plan Estratégico Institucional – PEI, asimismo, señala que la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar