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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2021 (05/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de mayo de 2021 / El Peruano Humano, el Informe Nº 000042-2021/GTH/SGPS/ RENIEC (04MAY2021), de la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, y; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - Ley Nº 26497; Que, el artículo 11º de la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, establece que el Jefe del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es la máxima autoridad de la Institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza; Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público, el cargo de con fi anza es de libre designación y remoción; Que, con el Memorando Múltiple de vistos, la Gerencia de Talento Humano, requiere por encargo de la Jefatura Nacional, designar a la señorita CELIA ANTONIA SARAVIA BONIFACIO, en el cargo de con fi anza de Gerente de Registros de Identi fi cación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, a partir del 06 de mayo de 2021; Que, con la Resolución Jefatural Nº 054-2018/ JNAC/RENIEC (11MAY2018), se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional, reordenado con la Resolución Jefatural Nº 000043-2021/JNAC/RENIEC (05MAR2021) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, considerándose presupuestada la plaza de Gerente de Registros de Identi fi cación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, igualmente, con Resolución Jefatural Nº 000082-2021/JNAC/RENIEC (30ABR2021), se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, otorgándose el fi nanciamiento correspondiente a la plaza de Gerente de Registros de Identi fi cación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 31084 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la Entidad; Que, en ese contexto, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, informa que la señorita CELIA ANTONIA SARAVIA BONIFACIO, cumple con los requisitos mínimos señalados en el Clasi fi cador de Cargos para la Cobertura de Plazas del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 104- 2016/JNAC/RENIEC (09AGO2016), modi fi cado en parte con las Resoluciones Jefaturales Nº 171-2016/JNAC/RENIEC (22DIC2016) y Nº 164-2017/JNAC/RENIEC (30NOV2017), a efectos de desempeñar el cargo de Gerente de Registros de Identi fi cación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, en consecuencia se considera pertinente la designación de la señorita CELIA ANTONIA SARAVIA BONIFACIO, en el cargo de con fi anza de Gerente de Registros de Identi fi cación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/ JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modi fi catorias y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 06 de mayo de 2021, a la señorita CELIA ANTONIA SARAVIA BONIFACIO, en el cargo de con fi anza de Gerente de Registros de Identi fi cación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 1950032-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Declaran como prioridad pública regional la estrategia de gestión territorial “Primero la Infancia” para la articulación de las entidades del Gobierno Regional y Local en la promoción del desarrollo infantil temprano ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2020-GRP-CRP. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO:En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día veintiséis de noviembre del año dos mil veinte, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y; CONSIDERANDO:Que, conforme establece el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal. Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37º del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el artículo 2º de la Ley 26518 “Ley del Sistema Nacional de Atención Integral del Niño y Adolescente” establece como atención integral al conjunto de acciones