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47 Sábado 8 de mayo de 2021 El Peruano / Donde: N: es el número total de metas de gestión. i: es el año del periodo regulatorio que se desea medir. Metas de Gestión : Son los parámetros seleccionados por la Dirección de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las Metas de Gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la Meta de Gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Dirección de Regulación Tarifaria que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al fi nal del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la Meta de Gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓNPara efecto de las acciones de fi scalización y sanción, la SUNASS veri fi cará que al fi nal de cada año del periodo regulatorio EPS MOYOBAMBA S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS MOYOBAMBA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2021- 2026 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. FÓRMULA E INCREMENTOS TARIFARIOS BASE 1. Por el servicio de agua potable 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,048) (1 + Φ)T1 = T0 (1 + 0,048) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0,100) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0,100) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0,115) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0,125) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor En el primer año regulatorio se aplicará un reajuste en la tarifa media de 4.8% por el reordenamiento de la estructura tarifaria de EPS MOYOBAMBA S.A. El impacto tarifario de dicho reajuste se muestra en el estudio tarifario. El incremento tarifario del segundo año regulatorio de 10.0% en los servicios de agua potable y alcantarillado en la localidad de Moyobamba permitirá fi nanciar lo siguiente: i) los costos de operación y mantenimiento de dichos servicios; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados tales como el mejoramiento y renovación de redes de distribución, mejoramiento de conexiones domiciliarias y reposición de medidores; iii) costos de operación del nuevo Pozo, iv) actualización del catastro técnico y comercial; v) costos para la elaboración e implementación del plan de control de calidad (PCC) y elaboración del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS); vi)Valores Máximos Admisibles (VMA); vii) implementación del Plan de Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adecuación al Cambio Climático (ACC); y viii) la implementación del Plan de Fortalecimiento de Capacidades, entre otros. El incremento tarifario del cuarto año regulatorio de 11.5% en el servicio de agua potable y 12.5% en el servicio de alcantarillado en la localidad de Moyobamba corresponde la ejecución de la renovación de un emisor, reubicación de colectores, reposición de líneas de conducción, reposición de medidores, entre otros. B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS DE EPS MOYOBAMBA S.A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE1. El incremento propuesto para el primer año regulatorio para los servicios de agua potable y alcantarillado, se aplicarán a partir del ciclo de facturación inmediatamente siguiente a la publicación de la resolución que aprueba dichos incrementos. 2. Los incrementos propuestos para el segundo y cuarto año regulatorio serán aplicados en forma proporcional al porcentaje del Índice de Cumplimiento Global (ICG) obtenido al término del segundo y cuarto año regulatorio, respectivamente. 3. EPS MOYOBAMBA S.A. deberá acreditar ante la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios. Asimismo, la veri fi cación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base autoriza a EPS MOYOBAMBA S.A. a aplicar los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria base. 4. La empresa prestadora podrá acceder al saldo del referido incremento tarifario en los siguientes años del presente quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año. ANEXO Nº 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DEL PERIODO REGULATORIO 2021-2026 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EPS MOYOBAMBA S.A. I. Estructura tarifaria para el primer año regulatorio de EPS MOYOBAMBA S.A. Durante el primer año regulatorio, EPS MOYOBAMBA S.A. aplicará la estructura tarifaria vigente, de acuerdo a lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 1,925 se reajusta por efecto de in fl ación, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado: Clase Categoría RangoTarifa Agua PotableTarifa Alcantarillado (S/ / m³) (S/ / m³) ResidencialSocial 0 a más 1.575 0.421 Doméstico0 a 8 1.575 0.421 8 a 20 1.607 0.438 20 a más 3.291 0.895 No ResidencialComercial y otros 0 a 30 2.206 0.710 30 a más 3.517 0.959 Industrial 0 a más 3.518 0.959 Estatal 0 a más 2.206 0.710PROYECTO