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17 NORMAS LEGALES Martes 25 de mayo de 2021 El Peruano / Que, el artículo 28 del Decreto Legislativo N° 1158, establece que los vocales de las Salas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud son elegidos por concurso público de méritos convocado y conducido por el Consejo Directivo de la referida Superintendencia Nacional, y designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Salud, por un periodo de tres (3) años; Que, el artículo 29 del citado Decreto Legislativo, establece que, los impedimentos, las causales de remoción y vacancia de los miembros del Tribunal, serán las consideradas para los miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia; Que, el fallecimiento constituye causal de vacancia del cargo de vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, de acuerdo con lo señalado en el numeral 1 del artículo 22 concordante con el artículo 29 del mencionado Decreto Legislativo Nº 1158, precisándose a su vez que el procedimiento para la declaración de la vacancia será reglamentado por la Superintendencia Nacional de Salud; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Reglamento Interno del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 172-2015-SUSALUD/S, establece que el fallecimiento constituye una de las causales de vacancia de cargo de vocal, disponiéndose además que, la vacancia es solicitada y fundamentada por el Presidente del Tribunal, poniendo en conocimiento de la misma a la Presidencia del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud. La remoción o vacancia es declarada por Resolución Suprema que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, procediendo de inmediato a la convocatoria respectiva para cubrir la vacante; Que, con Resolución Suprema N° 012-2019-SA, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de mayo de 2019, se designó al señor LUIS ALBERTO SANTA MARIA JUAREZ, en el cargo de vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante el O fi cio N° 00296-2021-SUSALUD/ SUP del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud y el Informe N° 00009-2021/TRIBUNAL del Presidente del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, se pone en conocimiento el sensible fallecimiento del Vocal LUIS ALBERTO SANTA MARIA JUAREZ, solicitando la declaración de vacancia a través de Resolución Suprema publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario declarar la vacancia mediante la expedición de la presente Resolución Suprema; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar la vacancia del cargo de Vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, debido al fallecimiento del señor LUIS ALBERTO SANTA MARIA JUAREZ. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Suprema en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1956126-7TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 091-2021-TR Lima, 24 de mayo de 2021VISTOS: El Memorando N° 0321-2021-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el Informe N° 0420-2021-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo para el nivel superior, dependiente del Ministerio de Educación, encargado del diseño, plani fi cación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el fi nanciamiento de estudios de educación técnica y superior; estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, que formen parte o no del sistema educativo; así como de la capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva; Que, el artículo 7 de la citada ley, dispone que el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, cuenta con un Consejo Directivo integrado entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 5 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC y elección del Secretario del Consejo Directivo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0100-2013-ED, establece que los miembros del Consejo en mención, son designados mediante resolución del titular de la Entidad a la que representan; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 211-2019- TR, de fecha 02 de setiembre de 2019, se designa a la señora ROXANA GISELL NOLI CHÁVEZ, Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC; Que, mediante Resolución Ministerial N° 069-2021-TR, de fecha 19 de abril de 2021, se acepta, con efectividad al 20 de abril de 2021, la renuncia de la citada funcionaria al cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”; y, mediante Resolución Ministerial N° 070-2021-TR, publicada el 20 de abril de 2021, se designa al señor ÁLVARO ANDRÉS CALADO BRYCE en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional para la Empleabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde emitir el acto de administración interna que dé por concluida la designación de la citada representante y que designe al nuevo representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación