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22 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de mayo de 2021 / El Peruano de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones “Red Vial N°4: Tramo Pativilca-Santa-Trujillo y Puerto Salaverry-Empalme PN1N” N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALPETRONILA GUTIÉRREZ PULIDO PEDRO GUTIÉRREZ PULIDO MARIA NELI ESQUERRE DE GUTIERREZ CLARA GLORIA GUTIÉRREZ PULIDO MARCOS GUTIÉRREZ PULIDO ALBERTO GUTIERREZ PULIDO BERTHA YSABEL GUTIÉRREZ PULIDO MARISOL YRIS SAAVEDRA PULIDO MARGARITA GUTIÉRREZ PULIDO MARIA MARINA PULIDO BERNABE VICENTE RAÚL GUTIÉRREZ PULIDO VICTORIA FERNANDEZ DE GUTIERREZCÓDIGO: RV4-T1-EV-SCB-106 AREA AFECTADA: 2 161.24m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 35 801,39LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:NORTE: Con un canal de riego, con 5.93 m.SUR: Con la UC 01930, con 69.37 m.ESTE: Con un canal de riego y posteriormente, con la UC 01931, con 86.72 m.OESTE: Con la UC 01929, con 60.14 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice Lado DistanciaWGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 1.59 747697.7133 9065801.5812 B B-C 1.71 747699.2552 9065801.2013 PARTIDA REGISTRAL N° 11035709- Ofi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 27.01.2020 (Informe Técnico Nro 000795-2020 - Z.R.Nro V-SEDE-TRUJULLO/URGG/CAT) por la O fi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.C C-D 2.63 747700.9210 9065800.8113 D D-E 6.02 747702.8502 9065799.0217 E E-F 17.82 747706.1817 9065794.0127 F F-G 18.04 747712.4729 9065777.3365 G G-H 33.41 747719.0119 9065760.5200 H H-I 11.43 747730.6794 9065729.2168 I I-J 69.37 747734.1461 9065718.3274 J J-K 4.79 747671.5474 9065748.2152 K K-L 7.91 747674.4520 9065752.0321 L L-M 12.10 747679.0942 9065758.4408 M M-N 9.16 747685.5011 9065768.7083 N N-O 10.40 747689.6570 9065776.8764 O O-P 6.49 747693.9942 9065786.3244 P P-A 9.29 747696.2288 9065792.4132 1956116-1 Otorgan a la empresa J&L CABLE MAS S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2021-MTC/01.03 Lima, 24 de mayo de 2021VISTO, el escrito de registro N° T-068529-2021 mediante el cual la empresa J&L CABLE MAS S.A.C. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por