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26 NORMAS LEGALES Viernes 5 de noviembre de 2021 El Peruano / Directiva denominada “Disposiciones para el usufructo de predios estatales”, de la citada Directiva, sus Anexos y de su Exposición de Motivos en el Portal Institucional de la SBN, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios y/o aportes de las entidades públicas y privadas, así como de las personas interesadas, a través del citado Portal Institucional, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contados desde la publicación de la presente Resolución; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Normas y Registro y la Subdirección de Normas y Capacitación, y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA; el Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, en uso de las funciones previstas en los literales b) y r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del proyecto de Resolución que aprueba la Directiva denominada “Disposiciones para el usufructo de predios estatales”, de la citada Directiva, de sus Anexos y de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional de la SBN (www.sbn.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios y/o aportes de las entidades públicas y privadas, así como de las personas interesadas, a través del citado Portal Institucional, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contados desde la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Consolidación de información Encargar a la Subdirección de Normas y Capacitación la consolidación de las sugerencias, comentarios y/o aportes que se presenten respecto al proyecto señalado en el artículo precedente. Artículo 3.- Difusión y publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la SBN (www.sbn.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA Superintendenta Nacional de Bienes Estatales 2007414-1 Disponen la publicación, en el portal institucional, del proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para la transferencia interestatal y para la reversión de dominio de predios estatales” RESOLUCIÓN Nº 0096-2021/SBN San Isidro, 3 de noviembre de 2021VISTOS:El Informe N° 00220-2021/SBN-DNR-SDNC de fecha 18 de octubre de 2021, de la Subdirección de Normas y Capacitación; el Informe N° 00226-2021/SBN-DNR de fecha 25 de octubre de 2021, de la Dirección de Normas y Registro; el Informe N° 00325-2021/SBN-OAJ de fecha 28 de octubre de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en adelante el “TUO de la Ley N° 29151”, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, dispone la creación del Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los predios estatales, en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y e fi ciente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como ente rector; Que, el artículo 13 del TUO de la Ley N° 29151, dispone que la SBN es el ente rector responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los predios estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los predios cuya administración están a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, fi nanciera, técnica y funcional, con representación judicial propia; Que, de acuerdo al literal b) del numeral 14.1 del artículo 14 del TUO de la Ley N° 29151 es función y atribución de la SBN, en su calidad de ente rector del SNBE, formular políticas y expedir directivas sobre los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de bienes estatales; Que, mediante la Resolución N° 067-2013/SBN, se aprobó la Directiva N° 005-2013/SBN denominada “Procedimientos para la aprobación de la transferencia interestatal de predios del Estado”, a través de la cual se regularon los procedimientos para la sustentación y aprobación de la transferencia de dominio de predios estatales, así como la reversión de dominio en caso de incumplimiento de la fi nalidad asignada; y posteriormente, la mencionada Directiva fue modi fi cada por las Resoluciones Nros. 086-20216/SBN y 069-2019/SBN; Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de la Ley N° 29151, el cual en el Subcapítulo II del Capítulo II del Título II regula el procedimiento de reversión de dominio de predios estatales y en el Subcapítulo II del Capítulo IV del Título II regula el procedimiento de transferencia de dominio en el Estado, estableciendo nuevas reglas en ambos casos; Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29151, señala que la SBN, en calidad de ente rector del SNBE, emitirá las directivas que sean necesarias para la implementación de lo regulado en dicho reglamento y en determinar los plazos para las actuaciones, cuando corresponda; Que, en este contexto, resulta necesaria la emisión de una nueva directiva que sustituya a la Directiva N° 005-2013/SBN denominada “Procedimientos para la aprobación de la transferencia interestatal de predios del Estado” y sus modi fi catorias, la cual no contempla los cambios normativos regulados por el TUO de la Ley N° 29151 ni por su Reglamento y en consecuencia, se encuentra desactualizada; Que, en virtud de lo expuesto, a través del Informe N° 00220-2021/SBN-DNR-SDNC, la Subdirección de Normas y Capacitación, con la conformidad de la Dirección de Normas y Registro otorgada mediante el Informe N° 00226-2021/SBN-DNR, propone y sustenta la necesidad de que se apruebe el proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para la transferencia interestatal y para la reversión de dominio de predios estatales” y se derogue la Directiva N° 005-2013/SBN, con el objeto de incorporar las nuevas reglas vigentes, producto de las modi fi caciones normativas antes descritas, y con la fi nalidad optimizar el uso y aprovechamiento de la propiedad estatal por parte de las entidades del SNBE, a través de la transferencia entre entidades del Estado y la reversión de dominio de los predios estatales; de igual modo, resalta la pertinencia de publicar el proyecto de la Directiva, el proyecto de resolución que la apruebe y su exposición de motivos en el Portal Institucional, proponiendo el plazo de cinco (5) días hábiles para que las entidades públicas y privadas, así como las personas interesadas, remitan sus sugerencias, comentarios y/o aportes;