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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (20/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Sábado 20 de noviembre de 2021 El Peruano / el inciso d) al requisito de Copia del Plano visado para servicios básicos y modificarlo por Copia del Plano simple de ubicación del predio y mediante Informe Nº 099-2021-MDL/GOPRI de la Gerencia de Obras Privadas, refrenda el Informe antes señalado; Que, mediante Informe Nº 485-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que no existe óbice para la modificación parcial de la Ordenanza Nº 274-MDL; Que, mediante Dictamen Nº11-2021-CAJEyR- MDL de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas, que dictamina en forma favorable la aprobación del PROYECTO DE ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA ORDENANZA Nº 274-MDL, QUE REGULA LA EXPEDICION DE CONSTANCIA DE POSESIÓN Y VISACION DE PLANOS PARA LAS ORGANIZACIONES SOCIALES QUE SE ENCUENTRAN INCORPORADAS Y EN EJECUCIÓN DE LOS ESQUEMAS DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS Y DEROGA LA ORDENANZA Nº 272-MDL; Estando a lo expuesto, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Lurigancho por unanimidad aprobó lo siguiente: “ORDENANzA QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL ARTíCULO 2º DE LA ORDENANzA Nº 274-MDL” Artículo Primero.- MODIFCAR, el Artículo Segundo, literal d) de la Ordenanza Nº 274-MDL, el mismo que en adelante tendrá el siguiente texto: “Artículo 2º.- Requisitos para constancia de posesión para servicios básicos: d) Copia Simple del Plano de ubicación del predio” Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Rentas, Gerencia de Obras Privadas y demás áreas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- VIGENCIA, la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la difusión y publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Publicas su difusión a través de los medios correspondientes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica y en el Portal de Transparencia Estándar -PTE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2013491-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza Municipal que previene, prohibe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos ejercido en contra de personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de Ventanilla ORDENANzA MUNICIPAL Nº 019-2021-MDV Ventanilla, 10 de noviembre de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual (en atención al Decreto de Urgencia Nº 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 10 de noviembre de 2021, el Memorando Múltiple Nº 17-2021-MDV/GSCYGRD, los Memorandos Nº 172, Nº 173, Nº 526, Nº592 Nº 653 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, el Informe Nº 029-2021/MDV-GSCYGRD-CODSEC-ST del Secretario Técnico del CODISEC, el Informe Nº 149-2021-MDV/GSCYGRD/SGAI de la Subgerencia de Análisis de la Información, el Informe Nº 153-2021-MDV/GSCyGRD-SGS de la Subgerencia de Serenazgo, el Informe Nº 256-2021/GSCYGRD-SGFYC de la Subgerencia de Fiscalización y Control, los Memorandos Nº 0519 y 01015-2021-MDV/GDUI de la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, el Informe Nº 0233-2021/MDV-GDUI-SGCPU de la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, el Informe Nº 011-2021/MDV-GDUI-SGCPU-DESA de la Arquitecta Danitza Seras Aranguren, el Informe Nº 167-2021/MDV-GDUI-SGOPR elaborado por la Subgerencia de Obras Privadas, el Memorando Nº 124-2021/MDV-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº 038-2021/MDV-GDH-SGDMF de la Subgerencia de DEMUNA, Mujer y Familia, el Memorando Nº 1887-2021/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Memorando Nº 2244-2021/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 345-2021/MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Planificación e Inversiones, los Memorandos Nº 212, Nº 256 y Nº 265-2021/MDV-GAJ, el Informe Legal Nº 529-2021/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 2718-2021/MDV-GM de la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación de la Ordenanza municipal que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos, ejercido en contra de personas que se encuentran en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de ventanilla, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del Dictamen de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, así como del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma: ORDENANzA MUNICIPAL QUE PREVIENE, PROHIBE y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PUBLICOS EJERCIDO EN CONTRA DE PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN UN ESPACIO PUBLICO y/O TRANSITEN POR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES y/U OBRAS EN EDIFICACION EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos ejercido en contra de personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de Ventanilla, que como anexo forma parte de la presente, la misma que consta de IX Títulos, II Capítulos, Diecinueve Artículos, Cuatro Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del D.S Nº 001-2009-JUS. Artículo 2.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza Municipal.