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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (20/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Sábado 20 de noviembre de 2021 El Peruano / días 16 al 19 de noviembre de 2021 en la Ciudad de Córdoba España; Que, asimismo en dicho evento se potenciarán los objetivos estratégicos y académicos en torno a los comunes reconocimientos como ciudades Patrimonio Cultural de la Humanidad por la UNESCO, y a los innumerables lazos, de afinidad y consanguinidad que vinculan a ambas ciudades; también, se realizaran el avance de acciones administrativas y protocolarias del Hermanamiento oficial entre ambas ciudades; Que, los gastos de alojamiento, alimentación, traslado y pasajes entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima – Córdoba y retorno, no representarán gasto alguno para la Municipalidad Provincial del Cusco; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 08 de noviembre de 2021, se dio cuenta en la sección Despacho de la invitación al señor Alcalde de la ciudad, a la Ciudad de Córdoba España; asimismo, se debatió y autorizo el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina entre los días 16 al 19 de noviembre de 2021; Que, el artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece, (…) “Atribuciones del Concejo Municipal: Corresponde al concejo municipal: 11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por UNANIMIDAD; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina en representación de la Municipalidad Provincial del Cusco entre los días 16 al 19 de noviembre de 2021, a la Ciudad de Córdoba, España, por invitación de la Concejala Delegada de Casco Histórico del Ayuntamiento de Córdoba otorgándole licencia del 15 al 20 de noviembre de 2021. Artículo Segundo.- PRECISAR, que los gastos de alojamiento, alimentación, traslado y boletos aéreos nacionales e internacionales entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Córdoba, no representarán gasto alguno a la Municipalidad Provincial del Cusco. Artículo Tercero.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 – 04 – MC, de fecha 14 de junio de 2004, que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberá emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 2013349-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Constituyen el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDíA Nº 370-2021-MPCP Pucallpa, 15 de setiembre de 2021 VISTO: El Expediente Interno Nº29934-2021, que contiene el Memorando Nº117-2021-MPCP-ALC de fecha 14 de Setiembre del 2021, que sustenta la designación del Comité del Promoción de la Inversión Privada, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos (en adelante la Ley) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante el Reglamento) se establecen los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el artículo 7º de la Ley, establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada, el cual asume roles de ser: (i) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establecido en el artículo 8º del citado dispositivo legal. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional y Concejo Municipal o su equivalente, ejercen las funciones del Consejo Directivo de ProInversión; y, ii) Órgano de coordinación con Pro Inversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión privada, conforme lo establecido en el artículo 9º del citado dispositivo legal; Que, asimismo, el numeral 7.3 del citado artículo 7º de la Ley, precisa que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía u otra entidad pública habilitada por la Ley, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, en ese sentido, corresponde a la Entidad Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada y designar a sus miembros, en concordancia con lo previsto por la normativa vigente; Estando a lo expuesto, con la conformidad y visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica; y en uso de la facultad conferida por la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR el Comité de Promoción de la Inversión Privada encargado de diseñar, conducir y concluir los procesos de promoción de la inversión privada mediante las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos