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44 NORMAS LEGALES Sábado 27 de noviembre de 2021 El Peruano / b) Se deberá noti fi car dicha convocatoria al señor solicitante, a la autoridad cuestionada, a los miembros del concejo edil, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y 24 del TUO de la LPAG, bajo responsabilidad. c) En la sesión extraordinaria, el concejo edil deberá pronunciarse de manera obligatoria sobre los hechos expuestos en la solicitud de vacancia. d) El acuerdo de concejo que formalice la decisión adoptada deberá ser emitido en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de llevada a cabo la sesión; asimismo, debe noti fi carse al señor solicitante, a la autoridad cuestionada y a los miembros del concejo municipal, respetando fi elmente las formalidades de los artículos 21 y 24 del TUO de la LPAG. 2.8. Asimismo, el alcalde de la referida comuna deberá remitir a este Supremo Tribunal Electoral, en original o copia certi fi cada, los siguientes documentos: a) Cargos de noti fi cación de la convocatoria a la sesión extraordinaria en la que se resuelva el pedido de vacancia, dirigida al señor solicitante, a la autoridad cuestionada y a los demás miembros del concejo municipal. b) Acta de sesión extraordinaria, y su respectivo acuerdo de concejo, que resuelve el pedido de vacancia seguido en contra de la mencionada autoridad edil. c) Cargos de noti fi cación del acuerdo de concejo que resuelve el pedido de vacancia, dirigida al señor solicitante, a la autoridad cuestionada y a los demás miembros del concejo municipal. d) Constancia o resolución que declara consentido el acuerdo de concejo que resolvió el pedido de vacancia, solo en caso de que no se haya interpuesto recurso de reconsideración o apelación. e) De haberse interpuesto recurso de apelación dentro del plazo legal establecido remitir el expediente administrativo de vacancia, adjuntando el original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelación, equivalente al 15 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), según se encuentra establecido en el artículo primero, ítem 1.33, de la Resolución N° 0412-2020-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 30 de octubre de 2020. 2.9. Cabe recordar que las acciones requeridas en los considerandos precedentes son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios, de acuerdo con sus competencias. 2.10. Finalmente, se precisa que la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULO todo lo actuado a partir del acto de noti fi cación de la convocatoria a la Segunda Sesión Extraordinaria de Concejo, del 4 de octubre de 2021, y, en consecuencia, nulos los actos posteriores que se hayan emitido en el procedimiento de vacancia seguido en contra de don Tito Mayanchi Tuytuy, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tigre, provincia y departamento de Loreto, por las causas de nepotismo e infracción a las restricciones de contratación, causas previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 22, este último concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. REQUERIR al Concejo Distrital de Tigre, provincia y departamento de Loreto, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles, luego de noti fi cado con la presente resolución, cumpla con convocar a sesión extraordinaria para resolver el pedido de vacancia solicitado en contra de don Tito Mayanchi Tuytuy, alcalde de la citada comuna, de conformidad con lo señalado en el considerando 2.7 de este pronunciamiento, bajo apercibimiento de remitir copia de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal provincial penal de turno, para que se evalúe la conducta de la citada autoridad, conforme a sus competencias. 3. REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Tigre, provincia y departamento de Loreto, para que, una vez realizado el acto señalado en el numeral 2 de la presente resolución, remita, en original o copias certi fi cadas, los documentos referidos en el considerando 2.8 de este pronunciamiento, bajo apercibimiento de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de la citada autoridad, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASRODRÍGUEZ MONTEZASANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 2016009-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 0915-2021-JNE Expediente N° JNE.2021092422 SACHACA - AREQUIPA - AREQUIPAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno.VISTO: el Ofi cio N° 010-2021-SG-MDS, presentado el 16 de noviembre de 2021, con el cual don César Elías Moscoso Rojas, secretario general de la Municipalidad Distrital de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa (en adelante, señor secretario), remite documentación relacionada a la declaratoria de vacancia de doña Marisol Celina Larrea Gonzales (en adelante, señora regidora), debido a su fallecimiento. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el O fi cio N° 010-2021-SG-MDS, el señor secretario puso en conocimiento que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal N° 054-2021-MDS, del 22 de octubre de 2021, se declaró la vacancia de la