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23 NORMAS LEGALES Jueves 7 de octubre de 2021 El Peruano / Empresa SFTE SPETSECHNOEXPORT, considerando el Contrato EE Nº 001-2019/MININTER-STE-3-178-K/KE-19, para la adquisición de un avión modelo An-178, cursa comunicación para que una delegación del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú pueda realizar una visita de trabajo a la ciudad de Kiev de la República de Ucrania, a fi n que se veri fi quen los avances de los trabajos relacionados con el referido bien; Que, con Informes Nº 200 y 222-2021-SCG PNP- DIRAVPOL/DIVOPAER-DEPAVPOL de fechas 17 de agosto y 1 de octubre de 2021, respectivamente, la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la realización de una comisión de servicio a la ciudad de Kiev de la República de Ucrania, designado para dicho fi n, al Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú José Alfredo Moriano Miranda y al Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Carlos Máximo Castillo Camargo, especialistas en mantenimiento aeronáutico, y proponiendo el cronograma de visita de trabajo a la planta de fabricación del avión modelo An-178, a la ciudad antes indicada, por el periodo del 9 al 15 de octubre de 2021; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 110-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 4 de octubre de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito precedentemente, del 9 al 15 de octubre de 2021, a la ciudad de Kiev de la República de Ucrania, para la evaluación y veri fi cación de los avances de la fabricación del avión modelo An-178, toda vez que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú contar con el equipamiento adecuado para el cumplimiento de sus funciones, por lo que la adquisición de los bienes y equipos debe estar respaldada con todos los procedimientos y evaluaciones, permitiendo la recepción de los mismos en perfectas condiciones de operatividad y seguridad; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en la Hoja de Estudio y Opinión N° 110-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de los efectivos policiales antes mencionados, del 9 al 15 de octubre de 2021, a la ciudad de Kiev de la República de Ucrania; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520- 2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú José Alfredo Moriano Miranda y del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Carlos Máximo Castillo Camargo, del 9 al 15 de octubre de 2021, a la ciudad de Kiev de la República de Ucrania, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Subo fi cial Superior PNP José Alfredo Moriano Miranda y Subo fi cial Brigadier PNP Carlos Máximo Castillo Camargo Moneda Importe Días Personas Total Pasajes efectivos policialesUS$ 2 881,00 2 5 762,00 Viáticos efectivos policialesUS$ 540,00 52 5 400,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro del Interior 1999317-1