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25 NORMAS LEGALES Jueves 7 de octubre de 2021 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000011-2021-CONADIS-PRE Mediante O fi cio Nº D000230-2021-CONADIS-SG, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Nº D000011-2021-CONADIS-PRE, publicada en la edición del día 3 de octubre de 2021. CUARTO CONSIDERANDO DE LA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000011-2021-CONADIS-PRE DICE:“Que, (…), corresponde la designación del profesional que ocupará el cargo de Director I de la Unidad de Recursos Humanos, (…)”. DEBE DECIR:“Que, (…), corresponde la designación del profesional que ocupará el cargo de Director I de la Unidad de Abastecimiento, (…)”. ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000011-2021-CONADIS-PRE DICE:“Artículo 1.- Designar, a partir del 04 de octubre de 2021, al señor JOSÉ ONECIMO CLAROS SANDY como Director I de la Unidad de Abastecimiento (…)”. DEBE DECIR:“Artículo 1.- Designar, a partir del 04 de octubre de 2021, al señor JOSÉ ONECIMO CLAROS SANDDY como Director I de la Unidad de Abastecimiento (…)”. 1998547-1 PRODUCE Aprueban la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio, hasta el año 2024; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio de la Producción” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00311-2021-PRODUCE Lima, 5 de octubre de 2021VISTOS: El Memorando N° 00000965-2021-PRODUCE/ OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000230-2021-PRODUCE/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; y, los Informes Nos 00000765-2021-PRODUCE/OGAJ y 00000783-2021-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que los Ministerios tienen como función general, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico es el conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector y orientador del sistema, con competencias de alcance nacional; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, dispone que las políticas de Estado se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales se concretan en los planes estratégicos sectoriales - PESEM y los planes estratégicos multisectoriales - PEM; y que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales - POI; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, establece, entre otros, que los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales y otros tipos de Planes, según corresponda el tipo de entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 295-2019-PRODUCE, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) Multianual 2020-2022 del Ministerio de la Producción, elaborado en el marco de lo dispuesto en la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/ PCD, y sus modi fi catorias; asimismo, por Resolución Ministerial N° 190-2020-PRODUCE se aprobó la Ampliación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de la Producción hasta el 2023, y modi fi can su denominación por la de “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Ministerio de la Producción; Que, mediante el O fi cio Múltiple N° D000001-2021- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunicó, entre otros, que vio por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales - PEI y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM, con vencimiento en estos años, y su respectiva aprobación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 139-2021-PRODUCE, se aprobó la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2023 del Sector Producción, hasta el año 2024, quedando denominado como “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción; Que, mediante el O fi cio N° D000430-2021-CEPLAN- DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, veri fi có que el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de la Producción para el periodo 2020 – 2024 fue elaborado en aplicación a la Guía para el Planeamiento Institucional modi fi cada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD. Asimismo, se precisó que los logros esperados de los Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI) y de las Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) del PEI 2020 – 2024 han sido actualizadas desde el año 2021 hasta el 2024; recomendando continuar con el trámite correspondiente;