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68 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / Modifican el Procedimiento Técnico del COES N° 27 “Régimen aplicable a las Centrales de Generación del Nodo Energético en el Sur del Perú” (PR-27)”, aprobado mediante Resolución N° 109-2016-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 214-2021-OS/CD Lima, 14 de octubre de 2021CONSIDERANDO Que, mediante Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, se estableció, en el literal b) de su artículo 13, que una de las funciones de interés público a cargo del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) es elaborar los procedimientos en materia de operación del SEIN y administración del Mercado de Corto Plazo, los cuales son presentados a Osinergmin para su aprobación; Que, con Decreto Supremo N° 027-2008-EM, se aprobó el Reglamento del COES, en cuyo artículo 5.1 se detalla que el COES, a través de su Dirección Ejecutiva, debe elaborar las propuestas de Procedimientos Técnicos en materia de operación del SEIN. Para tal efecto, en el artículo 5.2 del citado Reglamento se prevé que el COES debe contar con una Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos aprobada por Osinergmin, la cual incluirá, como mínimo, los objetivos, plazos, condiciones, metodología, forma, responsables, niveles de aprobación parciales, documentación y estudios de sustento; Que, mediante Resolución N° 476-2008-OS/CD se aprobó la Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos (Guía), estableciéndose el proceso y los plazos que deben seguirse para la aprobación de los Procedimientos Técnicos COES. Esta Guía fue modi fi cada posteriormente con las Resoluciones N° 088-2011-OS/CD, N° 272-2014-OS/CD, N° 210-2016-OS/CD y N° 090-2017-OS/CD; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Guía, la propuesta de Procedimiento Técnico debe estar dirigida a Osinergmin adjuntando los respectivos estudios económicos, técnicos y legales que sustenten su necesidad. Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 7 de la Guía, los meses en los cuales se reciben las propuestas en Osinergmin son: abril, agosto y diciembre, salvo situación distinta justi fi cada; Que, mediante Resolución N° 109-2016-OS/CD, publicada el 28 de mayo de 2016, se aprobó el Procedimiento Técnico COES N° 27 “Régimen aplicable a las Centrales de Generación del Nodo Energético en el Sur del Perú” (PR-27), el cual tiene por objetivo establecer los criterios sobre los aspectos técnicos y económicos, referidos a la operación, régimen de indisponibilidades, valorización de transferencias de energía y potencia, reposición de combustible líquido aplicables a las Centrales del Nodo Energético en el Sur del Perú adjudicadas por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN); Que, mediante carta COES/D-662-2020 de fecha 30 de setiembre de 2020, el COES remitió a Osinergmin una propuesta de modi fi cación del PR-27, sobre la base de una evaluación a su aplicación en los últimos años, en tanto identi fi có la falta de una metodología para determinar, en caso corresponda, la potencia por encima de la Potencia Adjudicada de las centrales del Nodo Energético en el Sur del Perú; Que, de conformidad con el numeral 8.1 de la Guía, mediante O fi cio N° 019-2021-GRT del 13 de enero de 2021 se remitieron al COES las observaciones a la propuesta alcanzada; asimismo, mediante O fi cio N° 201-2021-GRT, en atención a la solicitud del COES presentada con carta COES/D-074-2021 del 27 de enero de 2021, se otorgó al COES un plazo adicional para presentar la subsanación de las mismas. Con fecha 03 de marzo de 2021, el COES remitió a través de la Ventanilla Virtual del Osinergmin la carta COES/D-161-2021, mediante la cual presenta la subsanación de dichas observaciones;Que, con Resolución N° 097-2021-OS/CD, se dispuso la publicación del proyecto de resolución que modi fi ca el PR-27, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.3 de la Guía; en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y en el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Que, en la citada Resolución N° 097-2021-OS/CD se otorgó un plazo de veinte (20) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, a fi n de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas; Que, los comentarios y sugerencias presentados oportunamente por Kallpa Generación S.A., Termochilca S.A., Engie Energía Perú S.A., Electroperú S.A. y el COES han sido analizados en el Informe Técnico N° 645-2021-GRT, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Reglamento del COES, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo del procedimiento técnico, correspondiendo la aprobación fi nal del procedimiento; Que, en ese sentido, se ha emitido el Informe Técnico N° 645-2021-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Legal N° 646-2021-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, “Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica”; en el Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; y en la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, aprobada con Resolución N° 476-2008-OS/CD; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesión N° 34-2021. SE RESUELVEArtículo 1°.- Modi fi car el Procedimiento Técnico del COES N° 27 “Régimen aplicable a las Centrales de Generación del Nodo Energético en el Sur del Perú” (PR-27)”, aprobado mediante Resolución N° 109-2016-OS/CD, conforme a lo consignado en el Anexo de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y consignarla, conjuntamente con el Informe Técnico N° 645-2021-GRT y el Informe Legal N° 646-2021-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, en el portal de internet de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx. Estos informes son parte integrante de la presente Resolución. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo Directivo ANEXO Modi fi caciones del Procedimiento Técnico del COES N° “27 “Régimen aplicable a las Centrales de Generación del Nodo Energético en el Sur del Perú” (PR-27), aprobado mediante Resolución N° 109-2016-OS/CD 1. Modi fi car el título del numeral 5 del PR-27 conforme a lo siguiente: “5. OBLIGACIONES (…)” 2. Modi fi car el segundo párrafo del numeral 8 del PR- 27 conforme a lo siguiente: “ 8. VALORIZACIÓN DE LAS TRANSFERENCIAS DE POTENCIA (…)