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54 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / VISTO: El Informe (OAP) N° 237/2021, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, del 27 de setiembre de 2021; CONSIDERANDO:Que, el inciso a) del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2021-RE, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado de fi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 237/2021, señala que el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Augusto Clemente Soto Moreno cumplirá el 23 de noviembre de 2021, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 047-2021- RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Augusto Clemente Soto Moreno, el 23 de noviembre de 2021, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Augusto Clemente Soto Moreno, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2002060-4 Pasan a la situación de retiro a Ministro en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2021-RE Lima, 15 de octubre de 2021VISTO:El Informe (OAP) N° 236/2021, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, del 27 de setiembre de 2021; CONSIDERANDO:Que, el inciso a) del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado de fi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 236 /2021, señala que el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Yván Rafael Solari Calvo cumplirá el 26 de noviembre de 2021, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 047-2021- RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Yván Rafael Solari Calvo, el 26 de noviembre de 2021, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Yván Rafael Solari Calvo, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2002060-5 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2021-RE Lima, 15 de octubre de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 035-2016- RE, de 03 de marzo de 2016, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Manuel Cacho Sousa Velázquez; Que mediante Resolución Ministerial N° 0437-2016- RE, se fi jó el 4 de julio de 2016, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica; De conformidad con el Decreto Supremo N° 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE;